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09/05/2022

Tribunal Oral en lo Penal de Iquique cambió sentencia en audiencia de adecuación

Tarapacá: defensa especializada de migrantes consigue mejor oportunidad de reinserción en caso de microtráfico y porte de armas

Una modificación legal reciente e informes social y psicológico favorables respaldaron argumentos en favor de joven peruano.

Por Héctor Mérida C.,
Defensoría Regional de Tarapacá.

Con una batería de argumentos jurídicos y pericias, la defensa especializada en migrantes de Tarapacá consiguió que los tribunales cambiaran una pena de cárcel efectiva por libertad vigilada intensiva a un condenado por microtráfico y porte de arma de fuego, algo que ocurre por primera vez en la región con este tipo de delitos.

“Es importante que aquellas personas que han sido condenadas por primera vez en su vida tengan la posibilidad de acceder a su cumplimiento en el medio libre, otorgando la posibilidad de que se reinserten en la sociedad y puedan tener una segunda oportunidad, evitando el riesgo de contactos criminógenos que les pudiesen influir negativamente”, destacó la defensora penal pública Nicole Acuña, a cargo del expediente.

El caso se refiere a un joven peruano de 25 años, con estudios universitarios, a quien en la audiencia de juicio oral -realizada en diciembre del año pasado- se le reconoció la aminorante de irreprochable conducta anterior y la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos.

Además, en esa ocasión la pena impuesta no superó los cinco años de presidio y en enero de este año una modificación legal permitió aplicar penas sustitutivas a los condenados por simple delito en virtud de la Ley N° 17.798 de control de armas.

INFORME SOCIAL
La defensora especializada en migrantes también presentó un informe social, sobre el cual el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique rescató que, dado que el condenado “carece de antecedentes judiciales, que su funcionalidad social precedente se asocia a roles de estudiante y trabajador, y que dispone de red de apoyo efectiva en la familia de su hermano mayor, se estima que se presentan elementos favorables que permiten fundamentar la posibilidad de cumplimiento de pena en el medio libre”. 

Complementariamente, la nueva sentencia, dictada por los jueces Felipe Ortiz de Zárate, Rodrigo Villar y Juan Pozo, valoró el informe psicológico, precisando que “da cuenta de que no presenta indicadores de trastorno antisocial de la personalidad”.

Nicole Acuña destacó que el tribunal acogiera los argumentos que exponían la existencia de un proyecto migratorio del usuario, de una red de apoyo constituida por su hermano mayor, de la posibilidad de un trabajo en el medio libre y de que, además, su representado llevaba una larga trayectoria en nuestro país, no siendo aconsejable otra medida.

“De esta forma, al adecuar la sentencia a una norma posterior más favorable, efectivamente el Tribunal Oral en lo Penal de Iquique cumple los compromisos internacionales sobre la interpretación ‘pro hominis’ que, con relación a las disposiciones que establezcan algún derecho, siempre debe estarse a la aplicación que resulte más favorable a la persona, siendo reconocido este derecho en diversos cuerpos internacionales, especialmente, en la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, concluyó la defensora pública.

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