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29/06/2022
En caso de interna en Centro Penitenciario Femenino (CPF) de San Miguel
Corte Suprema acoge recurso de la Defensoría y ordena a Gendarmería no colocar grilletes para trasladar a mujer con diabetes
En fallo unánime, los jueces de la Sala Penal señalaron que el traslado de una mujer engrillada a sus controles médicos vulnera los tratados internacionales en materia de derechos humanos suscritos por Chile.
Por Paola Sais Dünner,
Defensoría Nacional.
Los jueces de la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema acogieron el recurso de amparo presentado por la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública en favor de I.A.V.P., una mujer privada de libertad que sufre diabetes mellitus y que debe asistir engrillada a sus controles médicos, ordenando a Gendarmería dejar de aplicar esta medida de seguridad.
“Que conforme a lo anterior, esta Corte reitera que no existió justificación alguna para el uso de grilletes, más allá de señalar la norma reglamentaria interna dictada por la recurrida, sin referirse a la especial condición de salud de la amparada, circunstancia que constituye una forma de coerción desproporcionada frente a su condición médica, por cuanto solo era suficiente la vigilancia y esposas para controlar un eventual riesgo de evasión”, precisa el fallo.
En su decisión los magistrados Haroldo Brito, Leopoldo Llanos, Manuel Valderrama, Jorge Dahm y Pía Tavolari agregan que “el uso de estas medidas constituyeron un acto de discriminación en su condición de mujer, al desconocerse su estado de vulnerabilidad y necesidades de protección, transgrediendo el derecho a vivir una vida libre de violencia, que se encuentra garantizado en la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer”.
Marcela Bustos, jefa de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública, celebró la decisión de la Corte Suprema. “Creemos que lo relevante de este amparo, acogido por unanimidad por la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema, es que aplica normativa internacional, ordenando a Gendarmería de Chile que en los traslados se respeten las Reglas 47, 48 y 49 de la ‘Reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas’, que establecen la prohibición del uso de grilletes o esposas y otros instrumentos de coerción física que, por su naturaleza, sean degradantes o causen dolor utilizando las medidas de seguridad que resulten proporcionales a la condición médica que afecta a la amparada”, dijo.
ANTECEDENTES
El 12 de mayo de 2022, Gendarmería de Chile se presentó ante el Noveno Juzgado de Garantía para responder a la solicitud de I.A.V.P., quien está privada de libertad en el Centro Penitenciario Femenino (CPF) de San Miguel y pidió no ser trasladada a sus controles médicos con grilletes, pues éstos le laceraban la piel y le hacían heridas por su condición de diabética. La mujer acompañó a su escrito -presentado por el abogado Roberto Pastén, defensor local de Maipú- el informe del médico de Gendarmería Pablo Toro, quien corroboró que, dada su condición médica, la mujer era más propensa que el resto a sufrir heridas.
En respuesta a la petición de la interna, Gendarmería invocó la resolución exenta N° 10182, del 2 de octubre de 2014, alegando motivos de seguridad. Con ello, generó una situación de riesgo inminente respecto de la ya deteriorada salud de la imputada amparada, al mantener la imposición de grilletes como la única forma de resguardar una posible fuga de la interna en sus traslados.
El recurso fue revisado por la Corte de Apelaciones el pasado 7 de junio, acogiendo el planteamiento de Gendarmería, tras lo cual el recurso llegó hasta la Corte Suprema, que hoy revocó la sentencia del tribunal de alzada.
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