Sala de Prensa

15/12/2022

Por ausencia de declaración de testigos ante el tribunal

Corte Suprema anuló juicio contra acusado por crimen de joven delivery en Arica

En fallo unánime, el máximo tribunal ordenó realizar un nuevo proceso contra el ciudadano venezolano Eudomar Bracho, quien fue condenado por el Tribunal Oral en lo Penal de la ciudad a 15 años de presidio por el delito de homicidio calificado. Ahora, la Defensoría Penal Pública, a cargo de su representación, solicitará la revisión de la prisión preventiva y su sustitución por una menos gravosa mientras se extienda el proceso penal.

Por Andrea González S.,
Defensoría Nacional.

La Corte Suprema anuló este jueves el juicio oral que condenó a un ciudadano venezolano a la pena de 15 años de presidio, por el delito de homicidio calificado de un joven de 18 años que trabajaba como repartidor de comida en Arica.

En fallo unánime, el máximo tribunal estableció que, durante el proceso, se vulneraron las garantías constitucionales del acusado, ya que los testigos claves ofrecidos por el Ministerio Público no se presentaron a declarar en el juicio, pero se utilizaron sus testimonios por escrito, no permitiéndose, de esta manera, la contrastación de la defensa.

“Según estableció el máximo tribunal, hubo vulneración de garantías fundamentales, en particular, del principio de contrastación y de inmediación. Ello, en relación con que en el juicio no se presentaron cuatro testigos presenciales que habría ofrecido el Ministerio Público”, explicaron al respecto los defensores penales públicos Rodrigo Torres y Camilo Valle, a cargo de la representación del acusado.

“Para condenar, el fallo de primera instancia tomó en consideración la declaración de estas personas y al ser ingresadas de esta forma, es decir, sin permitir la contrastación que debería haber hecho el defensor en cuanto a las diferencias entre lo que ellos declararon por escrito y lo que declararon funcionarios policiales en el juicio, no permitió cuestionar dicha prueba”, detallaron.

Los abogados recalcaron que “la contradicción resultó fundamental en esto, y en este contexto, al vulnerarse las garantías fundamentales, no se podía condenar a nuestro representado”.

NUEVO JUICIO ORAL
Tras la resolución de la Corte Suprema, ahora deberá realizarse un nuevo juicio oral, pero ante un tribunal diferente. 

De acuerdo con la investigación penal, los hechos habrían ocurrido en enero de 2021 en el sector del cerro Chuño, en circunstancias de que la víctima -de iniciales B.E.G.C.- se encontraba en un vehículo realizando su labor como repartidor de delivery para la entrega de un pedido de alimentos, momento en que recibió un disparo que le ocasionó la muerte por un traumatismo craneoencefálico por proyectil balístico.

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