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06/03/2023

Fueron representados por la Defensoría Regional Metropolitana Norte

Corte de Apelaciones confirma sobreseimiento de jueces acusados de prevaricación por revocar libertad de imputados en caso 'primera línea' (*)

La resolución inicial había sido adoptada por la octava sala del tribunal de alzada capitalino, encabezada por el ministro Alejandro Aguilar Brevis e integrada por la ministra (s) Viviana Loreto Ibarra Mendoza y el abogado integrante Michael Christian Camus Dávila.

(*): La siguiente nota fue publicada por el diario La Tercera.

"La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el sobreseimiento de los jueces acusados de prevaricación, por revocar la libertad que el juez del 7° Juzgado de Garantía, Daniel Urrutia, dictó en marzo de 2020 en favor de 13 imputados de la llamada 'primera línea' de las protestas que habían sido detenidos y eran investigados por desórdenes públicos en medio de las manifestaciones tras el estallido social del 18 de octubre de 2019.

"La resolución fue adoptada por la octava sala del tribunal de alzada capitalino, presidida por el ministro Alejandro Aguilar Brevis e integrada por la ministra (s) Viviana Loreto Ibarra Mendoza y el abogado integrante Michael Christian Camus Dávila.

“'ESTAMOS MUY SATISFECHOS' 
"Esta es la segunda vez en que el Séptimo Tribunal de Garantía dictamina la inocencia de los ministros de Corte y, en ese sentido, en esta oportunidad no solamente se ha señalado la inocencia, sino que, además, 'se ha ratificado por el tribunal de alzada capitalino, de manera unánime y contundente, con expresa condenación en costas tanto al Ministerio Público como a la parte querellante, lo que da cuenta que no se trató más que de una maniobra destinada a socavar la honra del Poder Judicial”, sostuvo el jefe de Estudios de la Defensoría Regional Metropolitana Norte, Octavio Sufán

"La Corte de Santiago confirmó la resolución apelada, dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago el 19 de diciembre de 2022, que decretó el sobreseimiento definitivo y total del procedimiento, de conformidad a lo dispuesto en el Código Procesal Penal respecto de que el hecho investigado no fuere constitutivo de delito.

“'Habiendo sido sobreseídos definitivamente los imputados, se condena al Ministerio Público y a la parte querellante al pago de las costas del procedimiento', señala el fallo.

"El 25 de marzo de 2020, Urrutia reemplazó 'de oficio' la prisión preventiva de los imputados.

"Días después el pleno de la Corte de Santiago se reunió, dejó sin efecto esa resolución, volvió a ordenar la medida cautelar de prisión preventiva de los imputados, le abrió un sumario al magistrado y lo suspendió de sus funciones.

"Cuando esa suspensión llegó al máximo permitido de dos meses, la corte de oficio lo trasladó de la sede penal.

"El abogado Fernando Leal presentó una querella por el delito de prevaricación judicial 'en contra todos quienes resulten responsables en calidad de autores, cómplices o encubridores'.

"Pese a que la querella no individualizaba a eventuales imputados, se infería que apuntaba a los ministros de la Corte de Santiago.

"Urrutia vio frustradas sus intenciones de ser parte de la indagatoria, que apuntaba a 19 ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago y a una ministra de la Corte Suprema.

"Esto, porque se declaró la inadmisibilidad de la querella que él presentó en contra de sus superiores. La causa fue sobreseída por el Séptimo Juzgado de Garantía en diciembre y hoy la Corte de Santiago confirmó esa resolución".

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