Sala de Prensa

01/04/2023

Contundente fallo del máximo tribunal acogió recurso de amparo de la defensa pública de Jorge Escobar

Caso Tomás: Defensoría logró revocar 'reformalización' de tío abuelo en la Corte Suprema

Por unanimidad, jueces de la sala penal ordenaron dejar sin efecto la 'reformalización' de cargos en su contra y la medida cautelar que le había impuesto el Tribunal de Garantía de Arauco. También ordenó fijar audiencia únicamente para el cierre de la investigación.

Por Victoria Haquin V.,
Defensoría Regional del Biobío.

En  fallo unánime, la Corte Suprema acogió los argumentos de la Defensoría Regional del Biobío y calificó de ilegal la 'reformalización' de cargos contra Jorge Escobar, efectuada por la Fiscalía el pasado 10 de marzo, por tratarse de una actuación procesal inexistente en el ordenamiento jurídico nacional y -luego de vencido con creces el plazo de investigación de dos años-, porque también modificó de manera sustancial los hechos y el delito imputado.

La determinación judicial deja sin efecto todo lo obrado en la citada audiencia, lo que incluye la 'reformalizacion' y la medida cautelar de arraigo nacional decretada en contra de Escobar, y ordena al Tribunal de Garantía de Arauco “fijar, a la brevedad posible, una audiencia para discutir únicamente el apercibimiento de cierre de la investigación, citando a todos los intervinientes para tal efecto”.

El Defensor Regional del Biobío, Osvaldo Pizarro, manifestó que “la determinación unánime del máximo tribunal del país es un reconocimiento al derecho a ser juzgado en un plazo razonable y a un debido proceso legalmente tramitado. Esta resolución debe ser un punto final a una persecución injusta y sesgada en contra del señor Escobar”, sostuvo.

Lo que corresponde ahora, agregó Pizarro, “es que, de una vez por todas, la Fiscalía proceda a solicitar el sobreseimiento definitivo del señor Escobar por inocencia o porque su conducta no es ni fue constitutiva de delito alguno, siendo de resorte de la Fiscalía seguir con las indagatorias respecto de otros sujetos, pero no más respecto de Escobar.”

RELEVANCIA JURÍDICA
El fallo no sólo es relevante en cuanto al caso puntual, sino que respecto del acto de 'reformalización'. Al efecto, la Corte Suprema señaló su inexistencia en el proceso penal y también su impertinencia procesal.

Según la resolución, “…debe tenerse en consideración -para el acogimiento de la pretensión hecha valer por la defensa-, no sólo la circunstancia de haberse impuesto al amparado una medida cautelar de arraigo nacional transcurridos más de dos años desde el inicio de la investigación a su respecto, sino que también el hecho de que la misma tuvo como sustento una actuación procesal del ente persecutor denominada como 'reformalización', institución que no se encuentra expresamente consagrada en el Código Procesal Penal y que, por ende, resulta ajena al ordenamiento jurídico nacional -pese a ser efectivo que la misma es comúnmente utilizada y aceptada en la práctica judicial-, por lo que mal puede tener la aptitud de restringir o afectar las garantías fundamentales de los imputados, máxime si se tiene en vista que, como aconteció en la especie, no sólo tuvo por objeto precisar los hechos de la formalización, sino que derechamente modificó de manera sustancial el sustento fáctico de la imputación, a fin de acomodarlo a la nueva calificación jurídica determinada por la Fiscalía, a lo que debe sumarse que todo ello aconteció en la misma audiencia en la que se debatió el cierre de la investigación” (Rol N°50850-2023).

La defensa pública de Jorge Escobar recurrió a la Suprema luego de que, el pasado 22 de marzo, la Corte de Apelaciones de Concepción rechazara una acción de amparo constitucional previa, por considerar que no existió ninguna vulneración ni al proceso ni a los derechos del imputado.

Así, luego de nueve días, el máximo tribunal del país, en fallo unánime, revocó esta determinación, por sentencia pronunciada por la Segunda Sala de la Corte, integrada por los ministros(as) Manuel Antonio Valderrama R., Jorge Dahm O., María Teresa De Jesús Letelier R. y los abogados integrantes Ricardo Alfredo Abuauad D. y Gonzalo Enrique Ruz L..

El caso y sus alcances en materia de defensa fueron ampliamente difundidos en medios de comunicación nacionales y regionales. En los siguientes enlaces se pueden revisar algunas de las publicaciones:

https://www.24horas.cl/regiones/zona-centro/biobio/que-sea-un-alto-a-la-persecucion-de-jorge-escobar-defensor-regional

https://www.latercera.com/nacional/noticia/intervencion-de-la-suprema-en-caso-tomas-bravo-defensor-dice-que-corresponde-que-se-ponga-la-lapida-a-la-investigacion-en-contra-de-jorge-escobar/DRTITCZBENCWHI2FB4OQXR3KYQ/

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