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10/11/2023
Inédito fallo aplicó la ley vigente al momento de iniciar el cumplimiento de condena
Nuevo triunfo en la Corte Suprema obtuvo la defensa penitenciaria de Antofagasta
Gracias a un recurso de amparo interpuesto por la defensora penitenciaria Camila Leonicio Uribe, el máximo tribunal excluyó la aplicación de la Ley N° 21.483, que aumenta a 2/3 de la condena el tiempo necesario para conceder la libertad condicional en caso de homicidio simple.
Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.
Un nuevo fallo relevante consiguió la defensa penitenciaria de la región de Antofagasta en la Corte Suprema, luego de que el máximo tribunal del país acogiera un recurso de amparo interpuesto por la defensora pública Camila Leonicio y zanjara el tema del cálculo de tiempo mínimo necesario para postular a la libertad condicional en caso de homicidio simple.
Fundado en la afectación al principio de irretroactividad de la ley penal desfavorable, la defensora penitenciaria expuso primero ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta y sostuvo que en este caso Gendarmería aplicó la modificación introducida por la Ley N° 21.483 y que incluyó al actual inciso tercero del artículo 3° del Decreto Ley N° 321, el delito de homicidio simple; lo cual se tradujo en un aumento a dos tercios de la pena como requisito para postular al beneficio de libertad condicional.
El tribunal de alzada sólo se hizo cargo de la forma de cálculo adoptada por Gendarmería, la cual sumó la totalidad de las condenas y, a ese número, aplicó los dos tercios del caso, a partir de lo cual se confirmó la decisión de ordenar a la autoridad penitenciaria “calcular el tiempo mínimo de postulación para la libertad condicional del amparado distinguiendo cada delito según el porcentaje de cumplimiento exigido para cada uno de ellos, en conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley N°321”.
A LA SUPREMA
Frente a ello, la defensora penitenciaria recurrió ante la Corte Suprema y sostuvo que la obtención de los beneficios penitenciarios forma parte de un proceso en el que debe ser respetado el principio de legalidad penal y que existe, además, una necesidad de armonizar aquello con la ley penitenciaria y las repercusiones que sus posteriores modificaciones llevan en el acceso a tales beneficios.
Tras acoger los argumentos de la defensa pública, la Corte Suprema modificó la regla temporal de postulación en este caso y ordenó a Gendarmería calcular en el tiempo mínimo para el delito de homicidio simple, la mitad del cumplimiento de la pena impuesta, tal como disponía la regla legal penitenciaria vigente cuando la condena empezó a cumplirse.
También dispuso que se deberá calcular el tiempo mínimo de postulación para la libertad condicional distinguiendo cada delito según el porcentaje de cumplimiento exigido para cada uno de ellos, en conformidad a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 321 para el caso del homicidio simple.
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