Sala de Prensa

25/05/2012

Columna de opinión:

Defensores penales públicos

El siguiente artículo, escrito por el jefe de Estudios de la Defensoría Regional de Valparaíso, fue publicada recientemente en el diario El Mercurio de esa ciudad.

Creo interpretar el sentir ciudadano respecto de la necesidad  de contar con un defensor penal de víctimas. Si bien es cierto que el Código Procesal Penal dispone que los fiscales del Ministerio Público deben velar por los derechos de los imputados, quienes en su desempeño cotidiano procuran hacerlo, su rol fundamental es ejercitar la persecución penal, perseguir el castigo de los delitos y fijar su quehacer o derrotero en relación con los intereses colectivos, en tanto que el defensor penal  de víctimas (cuando exista) tendrá que responder de manera primordial por los fines de su cliente, que no necesariamente coinciden con los intereses generales.

La existencia de los defensores penales para imputados, en cambio, resulta un poco más difícil de comprender. A simple vista, no parece razonable que el Estado deba emplear parte de sus recursos para pagar un abogado que se haga cargo de velar por las garantías del infractor penal, esto es, del individuo, ciudadano o sujeto de derechos que rompe la paz social y la convivencia: ¿por qué gastar el dinero de todos en un homicida, en un traficante de estupefacientes, en un asaltante, en un abusador sexual?

También el ciudadano entiende, aunque ya con menos disposición, que es posible que pueda incriminarse a una persona inocente o, si no es inocente, que al menos puedan concurrir circunstancias que justifican el hecho o bien, que sin avalarlo, lo explican parcialmente y que la pena pueda ser menor.

Para ello basta recordar alguna experiencia personal o de algún familiar, vecino, compañero de trabajo. Para estos casos, que siempre nos parecen menos reprochables,  nuestra íntima condena es menos severa.

Por su parte, nuestro sistema legal no ha pensado jamás en obsequiar, financiar, ni menos “subsidiar” la actividad delictual al costear un defensor para el infractor penal. Busca algo completamente distinto: que la investigación del Ministerio Público y el proceso que le sigue sean racionales y justos. Es decir, eficaces, para que en definitiva se castigue al culpable, pero se exima al inocente y, para que cuando corresponda castigar, el castigo recaiga en quien lo merezca y no ocurra que sea llevado tras las rejas un inocente y permanezca libre quien merecía condena.

En este sentido, la defensa busca velar por el respeto de las garantías constitucionales y derechos de todos los ciudadanos del país. No defendemos delitos, sino a personas acusadas de cometer algún ilícito. De esta manera, contribuimos a mejorar la administración de justicia.

Por Carlos Henríquez Martínez,
Jefe de Estudios Defensoría Regional de Valparaíso.

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