Sala de Prensa

07/08/2012

Veredicto del Cuarto Tribunal Oral en Lo penal de Santiago:

Absuelven a Luciano Pitronello por delito terrorista

Jueces aceptaron solicitud de la defensa y dejaron al joven de 23 años con arresto domiciliario total. Fue considerado culpable de infringir la Ley de Control de Armas y Explosivos, de provocar daños y de manejar un vehículo con patente falsa.

Con el voto favorable de los jueces Mauricio Olave y Graciela Gómez, el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de Santiago absolvió hoy a Luciano Pitronello por delito terrorista, desestimando que el aparato explosivo detonado por el joven el 1 de junio de 2011 -en una sucursal del Banco Santander- haya querido causar temor en la población.

En el veredicto, que contó con el voto condenatorio del juez Antonio Ulloa, el tribunal recalcó que presentadas las pruebas, no fue posible acreditar que el elemento explosivo que se utilizó causara temor en la sociedad, ni que se tratara de una operación planificada para dañar a las personas.

Sin embargo, los jueces -por unanimidad- decidieron  recalificar los hechos como infracción a la Ley de Control de Armas y Explosivos y daños, declarando al joven de 23 años culpable por ambos hechos, además de mantener la condena por el delito de manejo de vehículo con patente falsa.

ARRESTO DOMICILIARIO
Luego de escuchar el veredicto, los defensores públicos de Pitronello solicitaron revisar la medida cautelar de prisión preventiva que pesa actualmente sobre el joven. Ante ello, el tribunal resolvió modificarla por la medida de arresto domiciliario total, por lo que Pitronello abandonaría esta noche el centro de reclusión de Santiago 1.

Tras la audiencia, el defensor público Carlos Mora se mostró satisfecho con el veredicto del tribunal, pues explicó que si bien “Luciano cometió un error y debe hacerse cargo de él”, sus acciones no constituyen un delito terrorista.

DEFENSOR METROPOLITANO
Al comentar el fallo, el Defensor Regional Metropolitano Norte, Leonardo Moreno, cuestionó el hecho de que el Ministerio Público se negara a proponer una pena para el delito de daños y afirmó que a las partes intervinientes les corresponde respetar los delitos que califica la justicia. “Es hora de que el Ministerio Público deje de actuar para los medios. Cuando un interviniente no está de acuerdo con el juez, lo que corresponde es recurrir”, afirmó.

Para el Fiscal Regional Sur, Raul Guzmán, el veredicto del Cuarto Tribunal “no es un fracaso” de la labor del Ministerio Público, que realizó una investigación “exhaustiva y acuciosa”.

El juez Olave anunció que la sentencia del caso será leída el próximo miércoles 15 de agosto, a las 15 horas.


 

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