Sala de Prensa

21/03/2013

Acogió argumentos de la Defensoría Penal Pública

Sala Penal de la Corte Suprema confirmó amparo en favor de Emilio Berkhoff

Por tres votos contra dos, los magistrados confirmaron un fallo anterior de la Corte de Apelaciones de Concepción y mantuvieron la medida de arresto domiciliario que afecta al joven.

En fallo dividido, la Segunda Sala Penal de la Corte Suprema acogió hoy el recurso de amparo presentado por la defensa pública de Emilio Berkhoff Jerez, confirmando así el arresto domiciliario total y arraigo nacional que lo afectan en la causa donde está imputado por los delitos de porte ilegal de arma de fuego y maltrato de obra a Carabineros, ante los juzgados de garantía de Cañete y Temuco, respectivamente.

Los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch y Carlos Kunsemüller confirmaron la decisión previa de la Corte de Apelaciones de Concepción y acogieron la presentación hecha por la Defensoría Penal Pública. Los votos contrarios correspondieron al ministro suplente Alfredo Pfeiffer y al abogado integrante Jorge Barahona, quienes estuvieron por revocar el arresto domiciliario total y reponer la prisión preventiva.

Claudio Fierro, abogado de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional que alegó el recurso ante los ministros, explicó que “con esto se confirmó el pronunciamiento de la Corte, que realizó un control constitucional y legal de una determinación del Juzgado de Garantía de Cañete, en virtud de los principios de racionalidad y proporcionalidad. La resolución confirmó que la prisión preventiva resulta desproporcionada, pues existe la posibilidad de aplicar una medida cautelar distinta”.

CORTE DE CONCEPCIÓN
La semana pasada, la Corte penquista había acogido la acción cautelar constitucional presentada por la Defensoría Penal Pública, a partir de lo cual modificó la prisión preventiva que afectaba al joven por el arresto domiciliario total y el arraigo nacional.

Según ese fallo, recogido hoy por los jueces de la Sala Penal, en ninguno de los dos procesos en los que el estudiante de antropología está imputado arriesga pena privativa de libertad, por lo que la prisión preventiva resulta desproporcionada.

Según la resolución del tribunal de alzada penquista, “las penas posibles a aplicar al imputado por los presuntos delitos investigados en esta causa no excederían de sus grados inferiores, habida consideración que no ha sido condenado anteriormente por crimen o simple delito y que tiene arraigo social, como asimismo que no existen otras investigaciones en su contra”.

Por lo mismo, y “dando aplicación al principio esencial del derecho penal moderno de proporcionalidad de la probable pena que puede afectar al imputado, estima como suficiente para asegurar los fines de la investigación y el fallo, como también la seguridad de la sociedad, las de arresto domiciliario total y arraigo nacional, razones que llevar a acoger el presente recurso”.

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