Sala de Prensa

27/03/2013

Defensa pública de Juan Manuel Romeo y su madre presentó dos recusaciones

Reformalizan a imputados del caso “Hijitus” por nuevo caso de abuso sexual

Durante la audiencia, los defensores públicos Mario Palma y Carolina Alliende insistieron en que los antecedentes de la investigación indican que los delitos denunciados no se produjeron.

Luego de que la defensa pública de los dos imputados del caso “Hijitus” recusara sucesivamente a dos de los jueces que presidieron la audiencia, finalmente Juan Manuel Romeo y su madre, Ana María Gómez Gallo, fueron reformalizados ayer como autor y cómplice, respectivamente, de abusos sexuales contra otro menor de edad.

La mujer fue formalizada como cómplice, ya que según la fiscalía, como dueña y administradora del jardín infantil Hijitus, debía saber los abusos que su hijo cometía con los pequeños alumnos.

Al iniciarse la audiencia, el defensor público Mario Palma pidió al tribunal prohibir a los medios exhibir el rostro de su defendida, cuestión que fue acogida por la jueza Andrea Osorio Ganderats, pese a la oposición de la fiscalía y de los querellantes.

Una segunda incidencia sorprendió a los acusadores, pues Palma formuló una recusación amistosa a la magistrada, fundada en el artículo 196 N° 15 del Código Orgánico de Tribunales, por antecedentes que recogió la defensa sobre encuentros en reuniones sociales de la jueza con el abogado querellante, Mario Schilling, que podrían predisponer a la recusada. Nuevamente pese a la oposición de la fiscalía y de los querellantes, la jueza Osorio accedió a la solicitud y se inhabilitó.

NUEVA RECUSACIÓN
El administrador del tribunal debió buscar entonces si había otro juez disponible. Después de un rato, la sorpresa se la llevó esta vez la defensa pública, cuando vio ingresar a la sala al magistrado Francisco Berríos Veloso.

Ello, porque Berríos fue el magistrado que presidió la maratónica audiencia en que se formalizó y dejó en prisión preventiva a Ana María Gómez, resolución que fue revocada luego por la Corte de Apelaciones de Santiago, remplazándola por arresto domiciliario total.

Carolina Alliende, defensora pública de Juan Manuel Romeo, reaccionó de inmediato y presentó una recusación contra el juez, basada en el artículo 196 N° 10 del Código Orgánico de Tribunales, que establece la inhabilidad de aquellos magistrados que han emitido opiniones previas respecto del tema que se someterá a su conocimiento.

Alliende explicó que eso fue precisamente lo que ocurrió cuando la fiscalía entró al fondo de la causa, pidió la prisión preventiva de Ana María Gómez, tal como fue decretada por Berríos, por lo que el asunto debía resolverlo la Corte de Apelaciones de Santiago.

Nuevamente con la oposición de la fiscalía y de los querellantes, el tribunal accedió a la solicitud de las defensas y el juez Berríos abandonó la sala.

FORMALIZACIÓN
Así fue como llegó a hacerse cargo de la audiencia la magistrada Carolina Canales Morales. Una de las querellantes pidió entonces al tribunal ordenar a los periodistas presentes no revelar en lo sucesivo los nombres de pila de los menores víctimas, para su protección.

Mario Palma representó lo inoficioso de la medida, ya que en una audiencia previa esa misma abogada accedió a que se revelaran los nombres de las víctimas. La jueza Canales solicitó confirmación a la aludida y tras ello rechazó la solicitud, aunque recomendó a los medios referirse a los menores sólo con sus iniciales.

Recién entonces y al igual que en los cuatro casos anteriores, la fiscal Liada Secci formalizó a ambos imputados como autor y cómplice, respectivamente, en este caso de tocaciones de connotación sexual a un niño de 3 años, alumno del jardín infantil.

El plazo de investigación para el caso formalizado fue de 30 días y se fijó una nueva audiencia para el 1° de abril, donde la defensa solicitará importantes diligencias, según anticipó Mario Palma.

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