Sala de Prensa

30/07/2013

Entrevista: Roberto Vega Taucare, Defensor Regional: (S) de Antofagasta

“La puerta giratoria es sólo un efecto comunicacional”

Entrevista publicada en el diario El Mercurio de Antofagasta en que el Defensor Regional (S) abordó aspectos relacionados con el encarcelmiento, casos de connotacion mediática y el quehacer de los defensores.

Nota publicada en Diario El Mercurio de Antofagasta
Por Jonathan Mondaca Escobar

Las pruebas presentadas en las formalizaciones, la realidad carcelaria y el mito de la “puerta giratoria” son aspectos que están directamente ligados al trabajo de la Defensoría Penal Pública. El defensor regional (S), Roberto Vega Taucare, señaló que bastan unos pocos casos para que la opinión pública se quede con la percepción que los delincuentes quedan rápidamente en libertad. Sin embargo, explicó que la realidad es distinta y la prisión preventiva se aplica con rigor en Antofagasta. Además explicó cómo los profesionales de la Defensoría se manejan ante casos de alta connotación, como violaciones, junto con hablar sobre el rol de los abogados ante casos de vulneración de los derechos de los imputados en la cárcel.

¿Quiénes pueden optar a un abogado de la Defensoría?

Nuestra misión es prestar defensa penal pública de calidad a quienes son imputados por crímenes, delitos o faltas. Pueden optar a un defensor todos quienes no cuenten con un profesional de confianza, ya que la Defensoría no distingue si la persona tiene o no recursos. Si el imputado dispone de dinero podrá pagar una suma proporcional, ya que el servicio no es gratuito, tiene escalas de cobro que se cruzan con la ficha de protección social del individuo. El año pasado atendimos 17 mil clientes.

¿En qué momento comienza el trabajo de un defensor público?

El defensor actúa desde que la persona adquiere la calidad de imputado. En ciertas situaciones, aunque no es tan frecuente, incluso acompañamos a los acusados cuando prestan declaración en los cuarteles policiales y ellos así lo han requerido. Pero lo más usual es que prestemos defensa en controles de detención (supuesta flagrancia) y audiencias programadas. Luego vienen las formalizaciones o citaciones a declarar, donde prestamos asesoría técnica. Esto tiene que ver con enfrentar imputaciones de carácter penal, en conjunto con la voluntad del imputado, ya que éste no puede disponer de la defensa como estime conveniente. El campo de actuación va desde antes y después de la condena.

¿Cómo ve la Defensoría la calidad de las pruebas que se presentan contra los imputados?

La lógica en las formalizaciones de delitos complejos es que la Fiscalía llega con una gran cantidad de antecedentes. Pero en situaciones de flagrancia hay menos información, probablemente está el parte policial, la declaración del policía y una que otra pericia realizada entre la detención y la formalización. Lo lamentable es que a veces en delitos de cierta gravedad la prueba resulta bastante feble, hablo de un simple parte policial o una declaración sin ninguna diligencia. Y estos pueden constituir antecedentes para determinar la prisión preventiva de una persona. Esto es porque la ley es rigurosa en este sentido, al contrario de lo que se cree, la puerta giratoria es un efecto comunicacional. Cuando hay delitos que superan los cinco años y un día (homicidios, tráfico de droga) ya es un hecho poderoso para que el tribunal decrete la prisión preventiva.

¿Entonces porqué existe esta percepción que existe la “puerta giratoria”?

El tribunal resuelve según lo presentado en la audiencia. Pero ocurre que cada cierto tiempo aparece un caso de alguien que tenía un gran prontuario policial y queda en libertad. Sin embargo, eso puede ocurrir si el fiscal no manifiesta al magistrado los antecedentes de imputado, por lo que el tribunal decide resolver de cierta forma. La información debe aportarla el Ministerio Público y no puede ser el juez el que haga la observación de que ya vio al mismo imputado en el tribunal por otro delito. Es cosa de ver la cantidad de privados de libertad que hay en las cárceles del país, por eso creo que la puerta giratoria es más un efecto comunicacional.

En sus visitas periódicas a la cárcel, ¿cómo ve la situación de los imputados y condenados en la cárcel de Antofagasta?

Los defensores están obligados a visitar al menos, cada 15 días la cárcel. Ésta es la primera fuente para obtener información de lo que ocurre al interior de los penales. Ante situaciones de maltrato o hacinamiento, el defensor puede presentar peticiones al tribunal, como amparos o cautelas de garantías si hay derechos vulnerados. El año pasado firmamos un convenio con Gendarmería ante hechos como castigos administrativos, tenemos comunicación directa con ellos para conocer estas medidas y evaluar alguna acción ante el tribunal. A pesar de la buena relación entre ambas instituciones, la Defensoría el año pasado presentó un amparo y protección con un supuesto al motín al interior del penal. La Corte determinó que se actuó con fuerza desmedida, siendo que no había elementos para tomar tal acción con el grupo antimotines de Gendarmería.

¿Cómo manejan el deber profesional, cuando hay que defender a violadores o asesinos confesos?

Quienes se dedican a la defensa penal saben que estarán expuestos a situaciones fuertes, pero los que trabajan aquí están conscientes de que no existe la posibilidad de renunciar a ningún caso. Al contrario de los abogados privados que seleccionan con qué casos desean trabajar y pueden rechazar casos de delitos sexuales o tráfico de drogas. Por ello estamos en constante capacitación para enfrentar estos tipos de juicio, detrás de cada delito hay un drama humano que puede conmover al abogado. Pero contamos con habilidades técnicas para superar eso, tenemos capacitaciones para enfrentar peritajes, falsas declaraciones.

¿Detectan casos de falsas declaraciones en delitos sexuales?

Sí. Las falsas denuncias están vinculadas a situaciones no resueltas entre los padres de los menores. O también cuando hay ganancias secundaria, cuando a partir de la denuncia se genera un escenario desfavorable para el imputado. Es un tema real, existe, pero el cuestionamiento de la defensa está orientado a determinar si los relatos de los menores son veraces y si las pericias se realizaron con las preguntas y pruebas adecuadas a un niño. Si vemos en la carpeta investigativa que la madre es quien construye el relato y que luego de varias veces que ella hablara, la supuesta víctima sólo repite lo sucedido, claramente podríamos estar ante hechos cuestionables.  

  • subir
  • imprimir
  • volver