Sala de Prensa

08/08/2013

Corte de Apelaciones acogió amparo por documentación retenida

Defensoría de Antofagasta consiguió nuevo triunfo en favor de extranjeros

Un nuevo precedente jurisprudencial se sentó luego que la Corte acogiera el recurso, presentado por la defensora licitada Angelica Portillo a instancias de la Unidad Regional de Estudios y Proyectos en favor de un ciudadano peruano.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

En marzo de este año, personal de la Policía de Investigaciones retuvo el pasaporte de un ciudadano peruano, luego de verificar que éste había sido formalizado en una causa por lesiones leves en contexto de violencia intrafamiliar, la que, sin embargo, terminó luego con una suspensión condicional ante el Juzgado de Garantía de Antofagasta. A cambio, le entregaron una tarjeta de extranjero infractor, sujetándolo al control de la PDI.

La situación generó un grave perjuicio al extranjero, al verse impedido de realizar trámites personales por no contar con su pasaporte y al ver, además, perturbada su libertad ambulatoria. De allí que la defensora penal licitada Angélica Gordillo decidió exponer la situación ante la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de Antofagasta.

Los profesionales de la DPP asesoraron a Gordillo en la redacción de un recurso de amparo, que fue alegado ante la Corte de Apelaciones de la ciudad por el asesor jurídico de la Defensoría Regional, Ignacio Barrientos Pardo.

LIBERTAD DE CIRCULACIÓN

En su fallo, los ministros de la Corte acogieron el recurso y señalaron que el ciudadano extranjero fue sometido a una suspensión condicional del procedimiento bajo la condición contemplada en el artículo 9, letra b) de la Ley 20.066 y que siendo una salida alternatica, esta suspensión no constituye una condena, por lo que -respecto del amparado- es plenamente aplicable la presunción de inocencia, debiendo tenerse presente además, que la condición regulada "no constituye una limitación a su libertad de circulación".

Los jueces del tribunal de alzada afirmaron, además, que “al retirar su documentación personal y entregarle una tarjeta de identificación para extranjeros infractores sin más fundamento que el hecho de tener antecedentes de detención por el delito de lesiones leves, sin cargos judiciales pendientes en su contra y una denuncia ante la autoridad administrativa, ha excedido sus facultades legales, derivando tal actuación en un acto ilegal y arbitrario”.

Finalmente, la Corte exigió a la PDI hacer inmediata devolución al amparado de la documentación que se le retuvo, además de dejar sin efecto la tarjeta de identificación para extranjeros que se le entregó en remplazo.

Al comentar el resultado, el Defensor Regional (S), Roberto Vega Taucare, resaltó que este recurso se enmarcó en el concepto de que la defensa penal se extiende a aquellos aspectos que, no siendo estrictamente del ámbito procesal penal, se vinculan con o derivan de la causa penal e inciden en la libertad y derechos de las personas sometidas a una investigación penal. También sostuvo que "esta es una expresión concreta de una defensa penal especializada de migrantes".

  • subir
  • imprimir
  • volver