Sala de Prensa

04/09/2013

En Punta Arenas

Corte anuló juicio oral que condenó a trabajadora de casa particular

En el recurso de nulidad que interpuso, el defensor público Pablo Santander sostuvo que existió poca rigurosidad en la fundamentación de la sentencia condenatoria.

Por Héctor Martínez D.,
Defensoría Regional de Magallanes.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas anuló el juicio oral que -el 7 de junio pasado- condenó por unanimidad a Joyce Valdebenito Díaz, de 35 años, a 541 días de reclusión y 2 UTM de multa por el delito de hurto simple. La corte tuvo en consideración la falta de fundamentación de la sentencia para evaluar las pruebas que, según el tribunal oral, condenaban a la acusada.

Pablo Santander, defensor público de la imputada, explicó que presentó el recurso de nulidad porque siempre se alegó la inocencia de su representada. El argumento central de su escrito alegó una falta de fundamentación de la sentencia condenatoria, ya que “prácticamente lo que se hizo fue que cierta parte de los testimonios fueron reproducidos en la sentencia para dictar condena, mientras que otro pasajes de los testimonios no fueron incluidos”.

Según Santander, lo ocurrido “nos pone en una situación de extremo peligro, porque permitir un actuar de esta manera sería permitir resoluciones caprichosas, donde ya se tienen las decisiones tomadas desde antes. Los enjuiciadores deben ponderar toda la prueba producida, tanto la que sirve al Ministerio Público, como la que no le sirve”.

“En este caso, creemos que se tomó sólo la prueba que le servía al Ministerio Público, por lo cual este juicio debía ser anulado a todo evento”, agregó Santander.

DISCRIMINACIÓN
Según relató el defensor público, los hechos ocurrieron en mayo de 2012, cuando una empleada de casa particular fue acusada por sus empleadores de haberles sustraído joyas valoradas en 2 millones de pesos. Además de despedir a la mujer, los empleadores presentaron una querella contra la trabajadora, que fuerecogida por el Ministerio Público.
A juicio de Santander, la investigación de la fiscalía “fue muy pobre. No aportó ningún testimonio, más allá de las sospechas de los empleadores contra la trabajadora”.

Por lo mismo, decidieron enfrentar el juicio oral, dado que la imputada siempre negó tener responsabilidad en las sustracciones. Según Santander, el Ministerio Público llegó al juicio con testimonios basados en sospechas, según las cuales la empleada debía ser la responsable de la sustracción, ya que era quien tenía acceso a las dependencias de la casa.

“Esta defensa siempre planteó que un razonamiento como ese era absolutamente discriminatorio. Prácticamente se condenó a una persona por ser la empleada de la casa. Planteamos ante la Corte que este fallo era absolutamente peligroso para la gente de la calle, en el sentido que constituye básicamente un peligro para la sociedad, ya que una persona podría ser condenada sin prueba alguna y con meras sospechas”, aseguró Santander.

El recurso fue acogido por la Corte de Punta Arenas, cuyos ministros decidieron anular tanto la sentencia como el juicio oral. “Valoramos la tarea de la Corte, que ha puesto las cosas en su lugar en el sentido de recordarle a los jueces que su tarea debe ser más rigurosa y con pruebas y razonamientos de mejor calidad. Aquí no es cosa de ir a la ‘tincada’ o al ‘mero capricho’, sino que hay que fallar conforme a antecedentes y argumentos claros y contundentes”, añadió Santander.

“Estamos jugando con las libertades de las personas y debido a ello las pruebas deben ser de cierta calidad y seriedad, por lo tanto estamos muy contentos con lo resuelto, que le da un nuevo estándar al Tribunal Oral de Punta Arenas para que haga mejor su trabajo”, concluyó el defensor público.

  • subir
  • imprimir
  • volver