Sala de Prensa

04/12/2013

Ordenan libertad de interno

Corte de Punta Arenas acogió recurso de amparo

Fue presentado por el defensor penal público Richard Maldonado, en favor de un interno que cumple condena en el complejo penitenciario de Punta Arenas, buscaba que se le abonen los días que pasó en libertad vigilada.

Por Héctor Martínez Díaz,
Defensoría Región de Magallanes y Antártica Chilena.

La Corte de Apelaciones de Punta Arenas acogió un recurso de amparo presentado por el defensor público Richard Maldonado Bustos en favor de un interno del Complejo Penitenciario de Punta Arenas, con el fin de que se le abonara a los tres años y un día de cárcel que purgaba el período que estuvo con el beneficio de libertad vigilada, que le fue revocado. Lo anterior permitió al interno dar por cumplida su condena y recuperar su libertad.

Maldonado expresó que, en este caso, su representado fue inicialmente condenado por robo bajo el beneficio de la libertad vigilada, aunque posteriormente fue formalizado por otro delito similar, por lo que se le revocó ese beneficio.  

El defensor público aclaró que en virtud de la nueva Ley 20.603, primero solicitó al tribunal que se le reconociera al interno el tiempo que pasó en libertad vigilada, lo que le permitiría dar por cumplida su condena y recuperar la libertad. Sin embargo, estos antecedentes no fueron tomados en cuenta, pues según el tribunal debía considerarse el hecho por el cual el beneficio fue revocado en su oportunidad, es decir un nuevo delito de robo.

LAS RAZONES
Considerando que -como explica el defensor- en ninguna parte de esta ley se plantea que para realizar el abono hay que tomar en cuenta el tipo de razones esgrimidas en su oportunidad por el juez de garantía, la estrategia de defensa fue recurrir de amparo ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas, instancia que finalmente acogió el recurso y decretó la libertad del interno.

Entre los antecedentes presentados ante la Corte se incluyeron fallos recientes de la Corte Suprema con situaciones similares en que los magistrados fallaron teniendo como base la Ley 20.603, que modificó la Ley 18.236 y estableció las penas sustitutivas. 

Además, el defensor Maldonado argumentó a partir del artículo 18 del Código Penal, que señala la forma de actuar en los casos en que se dictan leyes que resulten más favorables para las personas condenadas.

  • subir
  • imprimir
  • volver