Sala de Prensa

04/06/2014

En audiencia de preparación que concluyó ayer en Tribunal de Garantía de Río Bueno

Defensa pública excluyó gran parte de la prueba acusatoria en caso Pisu Pisué

En un revés del caso, por infracción de garantías en allanamiento a casa de machi Millaray Huichalaf e ilegalidad de petición de fiscalía a Agencia Nacional de Inteligencia, defensores Luis Soto y Gerardo Norambuena lograron la exclusión de numerosa prueba material, testimonial y pericial.

Por Malú Rodríguez Sepúlveda,
Periodista Defensoría Regional de Los Ríos.

Bajo el argumento de ilegalidad de procedimientos e infracción de garantías fundamentales, la defensa pública de los seis comuneros mapuche acusados de incendio en el fundo Pisu Pisué logró la exclusión de gran parte de la prueba material, testimonial y pericial de la acusación fiscal contra los imputados en la causa, durante una extensa audiencia de preparación de juicio oral en el Tribunal de Garantía de Rio Bueno.

Según explicó el defensor público Luis Soto, no habría sido posible excluir toda esta pueba si la Defensoría Regional de Los Ríos no hubiera perseverado en exigir conocer la integralidad de los antecedentes de la investigación antes de discutir la prueba en audiencia de preparación, posición que suscitó acusaciones del Ministerio Público de que se trataba de una maniobra dilatoria de la defensa pública, lo que generó -de paso- una dura controversia entre las dos instituciones en Los Ríos.

En este sentido, el abogado precisó que el Tribunal de Río Bueno acogió lo planteado por la defensa, en tanto "se acreditó que el juez suplente en su oportunidad fue explícito en autorizar sólo el ingreso y no el registro en el allanamiento a la casa de la machi Millaray Huichalaf, con lo que toda la evidencia levantada ahí es ilegal por infracción a garantías fundamentales de derecho a la intimidad e inviolabilidad del hogar y tiñe de ilegalidad todos los testimonios y pericias que se elaboraron a partir de esta evidencia”.

En el mismo tenor, explicó que se excluyó toda la evidencia acopiada por la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI): “La ilegalidad aquí radicó en que esa diligencia está destinada exclusivamente a grupos con carácter terrorista y que el único funcionario del Ministerio Público que puede solicitar esta información es el Fiscal Nacional y no el Fiscal Regional, como ocurrió en este caso”, precisó Soto.

La audiencia se extendió hasta avanzada la noche del lunes y concluyó ayer con la lectura que hizo el Juez de Garantía titular, Daniel Chaucón, del auto de apertura de juicio oral.

MEDIDAS CAUTELARES
Concluida esta preparación, y argumentando un cambio de escenario -dada la merma sustancial de la prueba acusatoria-, los defensores públicos Luis Soto y Gerardo Norambuena pidieron la sustitución y morigeración de las medidas cautelares que pesaban sobre sus seis representados mapuche en esta causa, lo que fue acogido por el tribunal.

De este modo, la machi Millaray Huichalaf quedó exenta de toda firma ante la polícía y se levantó la prisión preventiva que cumplía Facundo Jonas Huala, medida que fue remplazada por arresto domiciliario nocturno.

El tribunal resolvió, además, firma mensual para el machi Titu Cañulef -quien hasta el pasado martes debía hacerlo quincenalmente- y morigeró las medidas contra Fénix Delgado, quien cumplía arresto domiciliario nocturno y ahora sólo deberá firmar quincenalmente. Algo parecido benefició a los comuneros Alex Bahamondes y Cristián García Quintul.


En esta causa, todos están formalizados como autores o encubridores del ataque incendiario contra el fundo, ocurrido en enero del 2013. se imputa como autores a Cristián García Quintúl, Fénix Delgado Ahumada y Francisco Jones Huala, mientras que como encubridores se imputa a los machis Millaray Huichalaf Pradines y Tito Cañulef Neipán, junto al comunero Alex Bahamondes. A Francisco Jonas Huala, en tanto, se le imputa además infracción a Ley de Armas e infracción a la Ley de Extranjería.

 

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