Sala de Prensa

21/08/2014

Corte de Apelaciones de Antofagasta revocó su internación provisoria

Cinco adolescentes lograron mantener su libertad tras apelación de la defensa pública

Un gran logro jurídico consiguió la Unidad de Defensa Penal Juvenil (UDPJ) de la Defensoría Regional de Antofagasta, luego que el tribunal de alzada acogiera los argumentos de proporcionalidad de la medida cautelar en relación con el delito.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoria Regional de Antofagasta.

Desde su entrada en vigencia en 2007, la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA) ha sufrido algunos reveses en relación con el alto porcentaje de menores que quedan privados de libertad aunque luego su condena los deja sujetos a una medida que pueden cumplir en libertad.

Sin embargo, esta historia parece estar cambiando al menos en Antofagasta, donde hace sólo un par de días la primera sala de la Corte de Apelaciones acogió la tesis de la defensa pública y revocó la internación provisoria que el tribunal garantía había decretado contra cinco jóvenes imputados de un robo en lugar habitado.

El recurso fue interpuesto y alegado por la defensora penal juvenil Paula Bernal, quien argumentó -entre otros aspectos- que los hechos expuestos en la formalización fiscal no se ajustan a los presupuestos materiales que hacen viable la internación provisoria, tales como la determinación de la existencia del delito, el reconocimiento de éste por los imputados, ni el grado de participación que ellos tuvieren en caso de ser probados los hechos.

En cambio, la abogada destacó que los cinco adolescentes imputados tienen irreprochable conducta anterior y que, según la dinámica de los hechos expuestos, no constituyen un peligro para la sociedad, por lo cual la mantención de una internación provisoria no se ajusta a los cometidos de la LRPA, que procura evitar la contaminación criminógena de los más jóvenes.

LOGRO JURÍDICO
La defensora juvenil destacó que este fallo constituye un gran logro jurídico, tanto por la cantidad de imputados que recobraron su libertad como por la aplicación efectiva de los principios de la ley penal juvenil, ya que “manifiesta una utilización adecuada y ponderada  de los mecanismos e instrumentos que la legislación nos entrega para enfrentar adecuadamente las eventuales infracciones penales de los jóvenes y da cuenta de una mirada comprometida con los derechos de los niños y jóvenes”.

Luego de conocido el fallo, los cinco jóvenes mantuvieron su libertad y sólo quedaron sujetos a firma quincenal ante el Ministerio Público, además de la prohibición de acercarse a la víctima y su domicilio.

 

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