Sala de Prensa

03/09/2014

Segunda sala penal

Corte Suprema anuló sentencia contra acusada que habría amenazado a fiscal

La sala penal del máximo tribunal del país, anuló la condena que pesaba contra Daniela F. P.(36 años) por el delito de amenazas en contra de una fiscal del Ministerio Público, acogiendo además el recurso presentado por el defensor penal público Crhistian Basualto, en lo relativo a desechar la condena de parricidio que pesaba en su contra.

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

La segunda sala penal de la Corte Suprema anuló la condena contra Daniela F. P.(36 años) por el delito de amenazas en contra de una fiscal del Ministerio Público y acogió, además, el recurso presentado por el defensor penal público Crhistian Basualto, en cuanto a desechar la condena de parricidio y aplicar una pena por homicidio simple, por un hecho ocurrido en enero de 2012.

La resolución unánime fue conocida luego de que Basualto, de la Defensoría Local de La Florida, recurriera en contra de la decisión del Séptimo Tribunal oral en lo Penal de Santiago, que condenó a Daniela F.P. como autora de los delitos de parricidio en contra de su pareja y de amenazas en contra de una fiscal, ocasión en que se le fijaron penas de 20 años y 541 días, respectivamente, por cada uno de los delitos.

Los ministros supremos consideraron que el fallo y la exposición de la parte acusadora no entregaron datos verídicos que permitieran arribar a la conclusión de que existía una relación de convivencia entre la víctima y la imputada, y que lo que podía existir era una cohabitación para el consumo de drogas, por lo que se desechó el delito de parricidio.

“La prueba rendida en autos es notoriamente insuficiente para establecer mas allá de toda duda razonable que la acusada y la víctima fueran convivientes para el efecto penal referido. Se aprecia más bien cohabitación esporádica dentro de lo posible en contextos de droga, sin relaciones sexuales, ni concurrencia de los demás componentes señalados de la convivencia”, señala la sentencia.

Dado lo anterior, a juicio de los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y los abogados integrantes Luis Bates y Alfredo Prieto, se trató de un delito de homicidio simple consumado, razón por la cual rebajaron la pena de 20 años a los seis años que indica la norma.

Igualmente, los magistrados acogieron la presentación del defensor penal público en cuanto a revocar la sentencia condenatoria por el delito de amenazas en contra de una fiscal de La Florida, luego de que en una audiencia realizada en el 14° Juzgado de Garantía de Santiago, la imputada profiriera palabras contra la persecutora.

A juicios de los jueces de la Segunda Sala, no pudo acreditarse “que la acusada haya amenazado a la representante del Ministerio Público en la audiencia realizada el día 19 de julio de 2012, pues las expresiones proferidas por ésta carecían de la seriedad y verosimilitud necesarias para la ocurrencia del delito previsto en el artículo 268 quinquies del Código Penal, deberá absolverse a Daniela F.P. del cargo formulado en su contra como autora de presuntas amenazas a la Fiscal Carolina Fuentes”.

MUERTE EN LA FLORIDA
El primero de los hechos se remonta a enero de 2012, cuando se conoció el fallecimiento de Miguel M., quien murió luego de que la imputada le propinara puñaladas con un cuchillo que existía en la casa en que ambos se encontraban, y que era parte de un garaje que la víctima cuidaba.

Según se indicó en su momento, se produjo una pelea entre el hombre y la mujer, ocasión en que la acusada enterró un cuchillo a la víctima. En la audiencia de control de detención, el defensor Crhistian Basualto indicó que la mujer actuó en legítima defensa, luego de constatar lesiones de diversas consideración en los brazos y el torso de Daniela F.. En la ocasión se decretó la medida cautelar de arresto domiciliario total para la imputada.

PRESUNTAS AMENAZAS
En julio de 2012, luego de una audiencia en que se revocó esa medida cautelar y mientras era llevada a los calabozos del tribunal, la imputada profirió amenazas contra la fiscal, motivada por la solicitud de prisión preventiva que ésta realizó. Por lo mismo, la mujer fue posteriormente también formalizada por ese supuesto delito.

A mediados de este año, el Séptimo Tribunal Oral en lo Penal,condenó a la acusada como autora de parricidio, dictando una pena privativa de libertad de 20 años, además de otra por 541 días por el delito de amenazas contra una fiscal. 

Sin embargo, el reciente fallo de la Corte Suprema mantuvo a firme una condena de 100 días contra la imputada, como autora del delito de desórdenes en sala de audiencia del tribunal, de acuerdo con el artículo 264, inciso 2 del Código Penal, por los hechos ocurridos en la audiencia de julio de 2012.

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