Sala de Prensa

10/10/2014

Entrevista. Loreto Flores Tapia, Defensora Regional y la “Ley Emilia”:

“Es una ley desproporcionada, no creo que baje la conducción en estado de ebriedad” (*)

(*): La siguiente entrevista a la Defensora Regional de Antofagasta fue publicada por el diario El Mercurio de Antofagasta

Por Jonathan Mondaca Escobar,
periodista diario El Mercurio de Antofagasta.
cronica@mercurioantofagasta.cl

Varios son los reparos que la Defensoría Penal Pública ve tras la plena vigencia de la Ley Nº 20.770, mejor conocida como ‘Ley Emilia’, que endurece las sanciones contra quienes conduzcan en estado de ebriedad y además provoquen accidentes con resultado de lesiones graves, gravísimas o de muerte.

El tema en Antofagasta tuvo su primer caso hace pocos días, cuando un joven de 20 años generó un accidente que lo dejó a él hospitalizado y a una acompañante tetrapléjica. Sin embargo, la defensora regional, Loreto Flores, sostuvo que la prisión preventiva para casos como éste es una medida “desproporcionada”, ya que existen otros regímenes de cumplimiento alternativo.

-¿En qué contexto surge la ‘Ley Emilia’?
-Surge como una respuesta a la producción de lesiones o muerte a raíz de conducciones en estado de ebriedad. Quiere decir sobre transeúntes u otros vehículos que, cumpliendo con toda la reglamentación de seguridad, quedan expuestos a accidentes sin que alcancen a tener ninguna reacción.

CASO
-En Antofagasta ya tenemos un primer caso por esta ley, ¿cuáles fueron los reparos que manifestó el defensor cuando se decretó la prisión preventiva del conductor?
-Lo que el defensor subrayó es que se trata de un grupo de jóvenes que voluntariamente ingresó al vehículo. Esto, que permanece en estudio, no quiere decir que al conductor lo exime de responsabilidad. Pero es una situación distinta a lo que se tuvo en vista al momento de crear la ‘Ley Emilia’. Si, por ejemplo, este joven hubiera atropellado a un transeúnte o chocado a otro vehículo que cumpliera con toda la normativa, con resultado de lesiones graves o la muerte, habría sido el caso. Sin embargo, ésto será analizado durante la tramitación de la causa.

-¿Cómo ve este primer caso bajo la Ley Nº 20.770 en la región?
-Este caso ejemplifica que hay delitos que son un verdadero calvario para las personas, que va más allá de la sanción penal. El conductor y todos los lesionados en el accidente de Avenida Grecia eran amigos. Por lo tanto, hay una sanción natural que sobrepasa cualquier condena que se le aplique en un futuro.

-En general, ¿considera drástica la medida de prisión preventiva para conductores en estado de ebriedad que provoquen lesiones graves?
-
Como sistema de justicia penal hemos fracasado en el concepto de la tramitación de un proceso que no signifique estar privado de libertad. Una persona puede estar condenada y ser enviada a la cárcel, pero eso no significa que durante la tramitación debe estar en prisión preventiva.

Si alguien es formalizado por conducir en estado de ebriedad, ya sea con resultado de muerte o lesiones graves, y no queda en prisión, la comunidad siente que hay injusticia. No toda sanción penal debe estar aparejada a la privación de libertad. Esto no es impunidad, hay otros regímenes de cumplimiento que permiten reinserción. Esto es más provechoso que tener personas en la cárcel.

-Varios abogados apuntan a que con esta ley no se conseguirá reducir el número de conductores en estado de ebriedad...
-
Si miramos las estadísticas de la cuenta pública de la Defensoría, los manejos en estado de ebriedad como delito habían disminuido fuertemente. Hay otras formas de evitar esto y es con fiscalizaciones, que pueden realizarse fuera de los pubs o en los horarios en que termina la diversión nocturna, como medidas disuasivas.

-Sin embargo, para quienes han perdido un familiar por culpa de estos episodios parece ser una buena medida...
-
Si lo que se quiere evitar es el manejo en estado de ebriedad, la modificación anterior era drástica. Podían ser tres años de pena remitida, pero también podía perder la licencia de por vida. Estaba bien, pero lo que no creo bien es aumentar tanto las penas a quienes son irresponsables, pero no son delincuentes. No es lo mismo la intención de matar o robar, que la irresponsabilidad de manejar en estado de ebriedad.

PEATONES 
-¿Entonces considera que es una normativa desproporcionada?
-Es una ley desproporcionada. No creo que ayude a bajar los niveles de conducción en estado de ebriedad. No hay directa relación entre la creación de una ley y la menor incidencia de sus delitos. El trabajo ahora es complejo, porque la Defensoría Penal debe hacer análisis minuciosos de cada caso.

Lo que más nos preocupa es que no hay sanciones para peatones imprudentes. Una persona puede manejar en estado de ebriedad y atropellar a alguien, pero si ese transeúnte no respetó las señalizaciones se convierte sólo en un manejo en estado de ebriedad. Por lo tanto, el que maneja siempre tendrá la responsabilidad, hasta que se demuestre lo contrario.

  • subir
  • imprimir
  • volver

DPP - Av. Bernardo O'Higgins 1449 Pisos 5 y 8, Santiago - Cód. Postal: 8340518 - Teléfonos +56 443 686 800 | +56 443 686 890