Sala de Prensa

17/10/2014

Fue presentado conjuntamente por la Defensoría y el INDH

Acogen recurso de amparo en favor de interno de la Cárcel de Puente Alto

El recurso, que fue interpuesto el 10 de octubre por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria y a él adhirió luego el Instituto Nacional de Derechos Humanos, fue acogido de modo unánime por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió en forma unánime el recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria (DPP) y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de un hombre privado de libertad en la cárcel de Puente Alto.

Se trata del caso de J.A.L.G., de 45 años, quien durante dos noches (8 y 9 de octubre) durmió en un baño colectivo del recinto penal, a pesar de que sufre una traqueotomía. La DPP y el INDH estimaron que esta situación puso en peligro la integridad física del interno, ya que las condiciones higiénicas del baño de un recinto penal hacen suponer una gran cantidad de factores de riesgo para una persona que posee una herida abierta y una cánula, como son los focos infecciosos y la humedad.

El recurso de amparo fue presentado el 10 de octubre por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria y luego adhirió el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Al acoger el amparo, los ministros de la Corte señalaron que “el sólo hecho de haber permanecido en el baño de la dependencia a la que fue destinado luego del incidente con otro interno, sin que Gendarmería de Chile hubiere adoptado alguna medida inmediata en resguardo de la integridad de L.G., reconociendo incluso haber tomado conocimiento del hecho sólo a raíz de la interposición de este recurso, importa una vulneración a su derecho a la seguridad individual, que se resguarda en el numeral séptimo del artículo 19 de nuestra Constitución Política”.

SEÑAL DE LA JUSTICIA
La directora del INDH, Lorena Fries, valoró el fallo y enfatizó que “nuevamente estamos frente a una señal de la justicia, que pone a la dignidad de las personas por sobre toda consideración. Este caso, en relación al respeto y garantía de los derechos humanos acorde a nuestra legislación y los tratados e instancias internacionales en lo que concierne a personas privadas de libertad”.

En tanto, la Defensora Regional Metropolitana Sur (S), Mitzi Jaña, indicó que “la privación de libertad no significa que se autorice la transgresión de otros derechos de las personas. La falta de atención médica y de condiciones de habitabilidad dignas constituyen un trato cruel e inhumano”.

Mitzi Jaña destacó, además, que una vez conocida la situación del interno “se presentó el recurso de amparo por la Defensoría Penal Pública. Por lo tanto, gracias a la acción deducida, J.L. sólo alcanzo a estar dos noches durmiendo en esas condiciones”.

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