Sala de Prensa

11/02/2015

Gracias a su buena conducta logró una pena mixta

Joven cumplirá su condena en libertad

El defensor Cristian Rozas solicitó que se aplicara una pena sustitutiva, debido a que su representado cumplía con todos los requisitos exigidos por la ley 18.216.

Por Alexis Matamala Olavarría
Defensoría Regional de Los Lagos

Un joven oriundo de Puyehue, de 30 años de edad, podrá cumplir su condena en libertad gracias a su buena conducta.

La medida fue dictada por el Tribunal Oral de Osorno luego de que el defensor Cristian Rozas solicitó que se aplicara una pena mixta, debido a que el hombre cumplía con todos los requisitos exigidos por la ley 18.216.

“Hicimos esta solicitud debido a que mi representado cumple con todos los requisitos del artículo 33 de la ley 18.216, para poder optar a una pena mixta. Específicamente lo que buscamos en este caso -y que fue concedido por el Tribunal- era que él pudiera cumplir su sentencia a través de una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva y se logró”, dijo el defensor.

El interno que cumplía en la cárcel de Osorno, habría sido sentenciado a 5 años y un día de prisión tras ser condenado como autor de robo con violencia y según explicó el defensor en la audiencia cumplía con todos los requisitos formales exigidos: no poseía otras condenas, esta era por un delito de hasta 5 años y un día de pena, había cumplido más de un tercio de la misma, y tiene un informe de conducta muy bueno.

Este último punto fue relevado en la sentencia dictada por los jueces Marcelo Reuse, Claudio Vicuña y Felipe Muñoz.  “El sentenciado registra calificación de conducta muy buena durante los últimos tres bimestres informados, anteriores a su solicitud.  Asimismo resulta relevante señalar que el informe de postulación a pena mixta incorporado en audiencia de estilo contiene opinión técnica favorable, que asigna al enjuiciado un riesgo de reincidencia bajo y sostiene que el condenado tiene posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad”, explica la sentencia.

Finalmente, y debido a que no existía la factibilidad técnica para realizar una vigilancia a través del monitoreo telemático del condenado, los jueces ordenaron que el sentenciado se presente al centro de reinserción social correspondiente a su domicilio (el de Osorno) y que la vigilancia quede a cargo de Carabineros, en lo que concierne a la medida de protección de las víctimas que le prohíbe al condenado acercarse a ellas.

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