Sala de Prensa

02/06/2015

Fue llevado a juicio oral por el delito de violación

Tribunal descartó prueba fiscal y absolvió a acusado tras un año y medio en prisión preventiva

Los jueces del tribunal oral coincidieron con lo señalado por el defensor público Crhistian Basualto y señalaron que la prueba aportada por el organismo persecutor “no sólo es vaga e imprecisa, sino que se apreció acomodaticia, incongruente entre sí y además increíble en elementos centrales del relato”.

Por Gustavo López Valeria,
Defensoría Regional Metropolitana Sur.

Un año y tres meses privado de libertad debió pasar Miguel Angel R.S. luego de que, durante la madrugada del Año Nuevo de 2014, se le detuviera como el presunto autor de los delitos de violación y porte de arma blanca, en el contexto de una acción que habría cometido en contra de una mujer de 23 años, en la comuna de La Florida.

Según los antecedentes entregados a principios del año pasado, Miguel Angel se había reunido con la mujer en la población Los Copihues luego de la medianoche, donde compartieron con un grupo de personas, para luego retirarse en búsqueda de la pareja de la mujer.

En las siguientes horas, ambos pasearon por el sector, fueron vistos por varias personas y -según el relato hecho en juicio por el acusado- en algún momento de la madrugada habrían mantenido relaciones sexuales en unos matorrales cercanos a una pasarela, por donde circulaban vecinos del sector.

La Fiscalía trató de establecer que todos los hechos habían ocurrido bajo la amenaza constante del hombre, e incluso que sólo cuando encuentran a la pareja de la mujer, ésta le cuenta a los pocos minutos sobre la agresión que habría sufrido, dando cuenta de los golpes de carácter menos graves que tenía.

PRUEBAS INCONGRUENTES
El defensor penal público Crhistian Basualto dijo durante el juicio oral que demostraría la inexactitud de los dichos de la supuesta víctima, en especial la forma en que se desarrollaron los hechos. El fallo posterior del Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago indicó que los persecutores no lograron comprobar el hecho acusado, “ni en cuanto a la dinámica del hecho descrito, ni tampoco a que las lesiones de que se trata hubieran sido provocadas por el acusado”.

De la misma manera, los jueces integrantes del tribunal -Elisabeth Schürmann (presidente), Bernardita González y José Marinello- señalaron que la prueba testimonial aportada por el organismo persecutor “no sólo es vaga e imprecisa, sino que se apreció acomodaticia, incongruente entre sí y además increíble en elementos centrales del relato”.

El veredicto que absolvió al acusado negó igualmente la posibilidad de una acción intimidatoria del acusado, supuestamente usando el punzón que mantenía entre sus ropas cuando fue detenido por Carabineros, la mañana del 1° de enero de 2014.

Por este último hecho Miguel Angel R.S., sí fue condenado, tras ser encontrado culpable del porte de arma blanca. Por ello, el tribunal lo condenó a una pena de 200 días de presidio en su grado mínimo, la cual se dio por cumplida en razón del tiempo que alcanzó a estar privado de libertad.

  • subir
  • imprimir
  • volver