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13/11/2015
Acogió recurso de nulidad interpuesto por la Defensoría
Corte Suprema absolvió a mujer condenada por autocultivo de cannabis sativa
En agosto pasado, Jendery Agullo fue condenada por el Tribunal Oral de La Serena a 61 días por el delito de siembra y plantación de cannabis sativa en la localidad de Alcohuaz, en el Valle de Elqui.
Por Daniel San Martín D.,
Defensoría Regional de Coquimbo.
En fallo dividido, la Corte Suprema absolvió a Jendery Agullo Escobar y anuló la sentencia previa dictada por el Tribunal Oral Penal de La Serena, que en agosto pasado la había condenado a la pena de 61 días y al pago de una multa, como autora del delito de cultivo de especies vegetales del género cannabis sativa en la localidad de Alcohuaz, comuna de Paihuano, en el valle de Elqui.
De acuerdo a lo expuesto durante los alegatos, que por la Defensoría estuvieron en manos del abogado Claudio Fierro, la segunda sala penal de la Corte acreditó que la acusada mantenía al interior de su vivienda un cultivo de especies vegetales vivas sin la debida autorización. Sin embargo, también determinó que la hasta entonces condenada no realizaba acciones o conductas tipificadas en la Ley N° 20.000 como constitutivas de tráfico de drogas.
Así, los jueces señalaron en su fallo de mayoría que “no se demostró que la tenencia de la droga tuviera como destinatario una persona distinta de aquella a la que se imputan los actos reprochados”.
La decisión se adoptó por cuatro votos a favor, posición que fue respaldada por los ministros Milton Juica, Hugol Dolmestch y Haroldo Brito, además del abogado integrante Jean Pierre Matus. El voto disidente fue del ministro Lamberto Cisternas.
“TRATADA COMO DELINCUENTE”
Según la abogada Gerelin Leita, defensora penal pública de Vicuña, el Ministerio Público acusó a Jendery Agullo como autora del ilícito de cultivo/cosecha de especies vegetales productoras de estupefacientes, luego de que el 19 de diciembre de 2014, cerca de las 15:20 horas, funcionarios de la sección OS-7 de Carabineros ingresarona la propiedad de la mujer, ubicada en la localidad de Alcohuaz.
Según ese relato, los policías la sorprendieron allí con 40 plantas vivas de cannabis sativa, que la mujer mantenía sin la debida autorización del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG). La droga estaba distribuida en tres tambores de lata de 200 litros cortados por la mitad, que medían entre 20 y 90 cms. de altura, con un peso de mil 68,50 gramos netos.
El juicio oral contra la imputada se realizó a fines de agosto y Agullo fue condenada a la pena de 61 días y al pago de una multa de 2 UTM. “Sin embargo, la imputada desde un principio sostuvo que las plantas eran de exclusivo uso personal, lo que motivó interponer el recurso de nulidad que felizmente fue acogido por la Corte Suprema”, comentó su defensora pública.
LIMPIAR EL NOMBRE
Consultada sobre el fallo absolutorio, Jendery Agullo se mostró feliz con la resolución del máximo tribunal, pues la ayudará a limpiar su nombre. “Fui detenida, tratada como delincuente y traficante, perdí todas mis plantas que tenía de uso exclusivo para mi marido y yo, jamás para vender”, enfatizó.
Agregó que esta determinación judicial sienta un precedente para muchas personas que se dedican a lo mismo con fines personales o terapéuticos, y que por errores o malas interpretaciones han debido pasar situaciones injustas que afectan su integridad y honra.
“Yo soy comerciante particular. Estuve a punto de perder contratos y el sustento familiar por culpa de esta grave acusación”, concluyó.
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