Sala de Prensa

29/01/2016

La actividad se realizó en el módulo c-7 de Acha:

Internos de la cárcel de Acha conocen requisitos para optar a pena mixta en Arica

La Defensoría de Arica realizó charla a los internos e internas que cumplen los requisitos exigidos por la ley 20.603, para postular a la sustitución de la pena efectiva por la de libertad vigilada intensiva, bajo el control de monitoreo telemático.

Por Daniela Tapia Méndez,
Periodista Defensoría Regional de Arica y Parinacota.

 Frente a la entrada en vigencia, el 27 de diciembre del 2015, de la nueva modalidad de cumplimiento de condena conocida como pena mixta –Ley 18.216, art.33-, la Defensoría de Arica y Parinacota realizó una charla de difusión en la cárcel de Acha para dar a conocer esta nueva forma de cumplimiento a internos, varones y mujeres, que cuentan con los requisitos que contempla la ley para postular a este beneficio.

El objetivo de esta charla fue qué internos conocieran, los beneficios y complejidades que tiene la pena efectiva, para que al momento de optar a ella, lo hagan de manera informada.

“En este orden de ideas se hace necesario, para el ejercicio del derecho a defensa, que la población penal se encuentre primeramente informada en relación a los requisitos y efectos jurídicos generados a partir de la sustitución de la pena efectiva por una Libertad Vigilada Intensiva. Es en este sentido que dicha actividad resulta de suma importancia”, dijo Sergio Zenteno, Jefe de Estudios de Arica y Parinacota.

La actividad estuvo a cargo del Jefe de Estudios, Sergio Zenteno, y realizada por el UAGD Regional, Hernán Vigil, y los estudiantes en práctica, Danae Melus, Consuelo Sanhueza, Jat Tay Maldonado, y en materia comunicacional la encargada de comunicaciones, la periodista Daniela Tapia.

En la charla se pudo evidenciar que es la pena mixta, y cuáles son los requisitos exigidos por la ley 20.603, para postular a la sustitución de la pena efectiva por una en libertad pero a través de una tobillera magnética.

“La pena mixta consiste en la posibilidad que tienen los condenados a penas privativas de libertad, iguales o inferiores a 5 años y 1 día, de sustituir su pena de cárcel por la de Libertad Vigilada Intensiva, bajo el control de monitoreo telemático, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 33 de la ley 18.216”, explicó Danae Melus, en la charla.

Luego de esta actividad, fue el turno de las mujeres internas, las que pudieron conocer esta nueva forma de cumplir condena pero en libertad. “Estamos muy contentos que la Defensoría se dé el tiempo de venir a la cárcel a explicarnos sobre en qué consiste una pena efectiva, y los pro y contra que tiene el uso de esta tobillera. Ahora podré ver a mi familia y quizás hasta trabajar”, expresó un interno de la cárcel de Acha.

A través de la creación de la defensa especializada penitenciaria, es que es necesario asumir la representación de los condenados a penas privativas de libertad, debiendo el defensor tomar una serie de acciones, judiciales, extrajudiciales y administrativas, a fin de resguardar los derechos y garantías de los condenados.

 ¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR A LA PENA MIXTA?

a) Que la pena impuesta al condenado fuera de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo u otra pena inferior.

b) Que el penado no registre otra condena por crimen o simple delito.

c) Que el penado hubiere cumplido al menos 1/3 de la pena privativa de libertad.

d) Que el condenado hubiere observado un comportamiento calificado como muy bueno” o “bueno” en los 3 bimestres anteriores a su solicitud.

¿PIERDO ALGÚN BENEFICIO POR OPTAR A LA PENA MIXTA?

Sí, pierdo los beneficios de LEY DE REBAJA DE CONDENA por conducta sobresaliente y LA LIBERTAD CONDICIONAL.

¿QUÉ DEBO HACER SI CUMPLO CON LOS REQUISITOS PARA POSTULAR A LA PENA MIXTA?

1. El condenado debe solicitarlo a su Defensor Penal Penitenciario y este remitirá su solicitud al Tribunal.

2. O puede hacer la solicitud en el establecimiento penitenciario a Gendarmería de Chile.

¿QUÉ ES LA LIBERTAD VIGILADA INTENSIVA?

Es una pena que se cumple en libertad en el medio libre, siempre que el condenado cumpla con las exigencias, tales como: actividades tendientes a la rehabilitación y reinserción social, nivelación escolar, participación en actividades de capacitación o de inserción laboral, etc.

CONDICIONES OBLIGATORIAS:

1. Residencia en un lugar determinado. 

2. Sujeción a la vigilancia del delegado del CRS.

3. Ejercicio de un empleo, profesión o arte, si es que no tiene la calidad de estudiante.

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