Sala de Prensa

09/08/2016

Tribunal Oral de Colina lo absolvió

Pruebas de la propia Fiscalía confirmaron inocencia de padre acusado de violar a su pequeña hija

En la causa, a cargo del defensor público Carlos García, las primeras develaciones de la víctima, de 4 años, señalan que la autora fue una vecina que cuidaba a la niña y que tras la denuncia del caso desapareció, ignorándose su actual paradero.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

Las pruebas presentadas por la propia Fiscalía fueron las que convencieron al Tribunal Oral en lo Penal de Colina para absolver a Cristián Sagal (40) de los delitos de abuso sexual y violación en contra de su hija A.S.F., de 4 años a la fecha de los hechos.

Las magistradas Gloria Calvo, Marlys Welsch y Mariela Hernández acogieron la tesis de inocencia planteada por el defensor penal público Carlos García, en orden a que la acusación del fiscal Andrés Pastoriza era contradictoria con las pruebas presentadas en el juicio oral y que, por el contrario, había fuertes indicios de que otra persona habría sido la autora de los ilícitos.

En su sentencia, las magistradas llamaron la atención sobre el hecho de que, después de que su madre, Vanessa, observó juegos de connotación sexual que su hija hacía con sus muñecas, la pequeña A.S.F. le hizo su primera develación, indicándole que les hacía lo mismo que a ella le practicaba la “Mama Danila”.

Se refería a una vecina, que la cuidaba cuando Vanessa no estaba en casa. “En estrados, la madre aseguró que realizó preguntas abiertas a la niña, reproduciendo para ello la dinámica de preguntas y respuestas que se generó en ese momento, haciendo presente que fue Andrea quien mencionó el nombre de su cuidadora”, dice la sentencia.

CASO MEDIÁTICO
Tras denunciar los abusos contra su hija a la policía en agosto de 2013, los padres informaron también del hecho en las redes sociales, por lo que el caso fue conocido por la comunidad de Colina. En eso contaron con la apoyo del director de prensa de Radio Cumbres de Colina, Carlos Gutiérrez, quien fue uno de los sorprendidos cuando la fiscal Alicia Ascencio, fundándose en el informe del CAVAS de la PDI, decidió formalizar al padre de la niña.

“No sólo postergó definitivamente hacer alguna diligencia en contra de la cuidadora, sino que de improviso y sin ningún antecedente concreto se le ocurrió formalizar al papá de la niña”, afirmó.

El periodista declaró en el juicio oral como testigo de la defensa. Dijo sentir un gran alivio al conocer el fallo absolutorio, “porque de lo contrario se habría cometido una gran injusticia”, concluyó.

ANTECEDENTES
Sobre el giro de la investigación que se produjo tiempo después, cuando el CAVAS entrevistó a la niña para elaborar un informe psicológico, el defensor público Carlos García lo consideró un error en la investigación.

“En estos delitos, en que las víctimas son de tan corta edad, la primera develación es muy importante y la Fiscalía no hizo nada con aquélla, en que la niña responsabilizó a su cuidadora”. Agregó que, en cambio, “se centró en un informe de una psicóloga de CAVAS que se emitió un año después, en que la niña habría mencionado a su padre, sin existir ninguna otra prueba que lo relacionara con los hechos”.

El defensor público agregó que, además, esa supuesta declaración fue excluida como prueba en la preparación del juicio oral, ya que fue obtenida fuera de la Cámara Gessell, que es el protocolo que se utiliza para entrevistar a infantes víctimas de estos delitos.

En su sentencia, el tribunal consignó que la propia prueba presentada por la Fiscalía fue configurando la convicción de absolver al imputado. 

“Estas magistradas debieron ponderar y valorar una serie de aristas, tales como los términos en que se produjo la develación de Andrea a su madre, los testimonios de carácter exculpatorios que -en términos generales- ofrecieron la gran mayoría de los declarantes incorporados como prueba de cargo”.

Respecto de las pericias realizadas, indicó que del examen del Servicio Médico Legal (SML) y contratario a los relatos de la víctima, “tanto en instancias investigativa como en sede judicial no refiere nunca a la figura paterna”, concluyó.

El fallo cuestionó también que no se haya investigado a la cuidadora que fue indicada por la niña en su primera develación. “Conviene hacer presente respecto del desarrollo y dirección de la investigación en el caso de marras, que del tenor del examen y contraexamen percibido directamente por estas magistrados a todos y cada uno de los deponentes del juicio, no se obtuvo noticia alguna de haberse encargado alguna diligencia tendiente a esclarecer la eventual participación de la mujer primitivamente imputada por la niña, Danila Carvacho”, fundamentó. 

El tribunal cuestionó la diligencia del informe del CAVAS y criticó que no se haya hecho nada con la cuidadora, que inmediatamente después de interpuesta la denuncia, abandonó la casa vecina que habitaba, ignorándose hasta ahora su paradero.

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