Sala de Prensa

05/01/2017

Primera sala acogió por dos votos contra uno el recurso de amparo de la Defensoría

Corte de Temuco sustituyó prisión preventiva de Francisca Linconao por arresto domiciliario

Tras conocerse este resultado, la vocera de la machi anunció el fin de la huelga de hambre que ésta mantenía desde el 23 de diciembre. El Defensor Nacional sostuvo que “este fallo permite el restablecimiento del imperio del derecho”.

Por Marcelo Padilla V.,
Defensoría Nacional.

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Temuco acogió hoy por dos votos contra uno el recurso de amparo que la Defensoría Penal Pública había interpuesto en favor de la machi Francisca Linconao Huircapan, imputada como una de las autoras del crimen del matrimonio Luchsinger Mackay, ocurrido en 2011.

A través de esta decisión, los magistrados ordenaron “la reposición de los efectos naturales” de un fallo previo emitido por la misma corte el pasado 22 de diciembre, “debiendo en consecuencia operar la sustitución del lugar en que debe cumplirse la medida de coerción procesal consistente en la privación de libertad que pesa sobre la amparada, en el domicilio fijado por ésta última en la causa respectiva, y el arraigo nacional decretado en su oportunidad, además, por el Juzgado de Garantía de Temuco”, señala el fallo respectivo.

Sin perjuicio de eventuales acciones de apelación que puedan interponer el Ministerio Público u otros intervinientes, el fallo permitirá que la machi pueda retornar a su rehue y que ponga fin a la huelga de hambre líquida que inició el 23 de diciembre pasado y que la mantenía en estado de extrema debilidad, con un peso no superior a 40 kilos.

De hecho, su vocera anunció durante la tarde que “ella ya fue informada y deja la huelga de hambre. Va a poder retornar hoy día mismo a su hogar, siempre que los médicos consideren que es permitente que ella regrese”, señaló.

LOS ALEGATOS
Aunque el amparo fue interpuesto por el defensor público Jaime López, quien representa a la machi en el caso por el cual se encuentra imputada -y que la mantenía en prisión preventiva desde hace más de nueve meses-, el alegato de esta mañana estuvo a cargo del Defensor Regional de La Araucanía, Renato González.

El abogado cuestionó como “ilegal y arbitraria” la decisión previa de la Corte, pues pese a acoger el cambio de medidas cautelares solicitado por la defensa pública, lo hizo con un voto de minoría del ministro Luis Troncoso, quien no fundamentó las razones por las que, eventualmente, la machi debía permanecer en prisión preventiva.

Pese a que lo anterior determinó que se mantuviera la prisión preventiva -dada la calificación de ‘delito terrorista’ con que la Fiscalía formalizó a los once imputados en este caso -entre ellos Francisca Linconao-, González sostuvo que esta fundamentación era no sólo necesaria, sino que una exigencia de la ley y los acuerdos internacionales vigentes en el país, entre ellos el Convenio 169 de la OIT, de manera que al no cumplirse vulneraban los derechos de la imputada.

En los alegatos intervinieron también un representante del Ministerio Público el abogado Carlos Tenorio -querellante por la familia Luchsinger- y el abogado Alessandro Álvarez, de la Intendencia de La Araucanía, quien sin abandonar su posición como querellante en este caso, apoyó el amparo en favor de la machi por razones humanitarias.

DEFENSOR NACIONAL
Consultado sobre este resultado, el Defensor Regional de La Araucanía lo consideró “un inmenso triunfo de la Defensoría, porque éste es un trabajo que ha involucrado a muchos defensores y defensoras, con el objetivo de que la machi estuviera en su casa esperando el juicio oral”, dijo Renato González.

El Defensor Nacional, Andrés Mahnke, en tanto, valoró el fallo, pues la discusión que se generó en torno al recurso de amparo y a la situación de la machi “ha aportado para incorporar al debate nacional el uso racional de la prisión preventiva como consecuencia de la presunción de inocencia, que es claramente un flanco que tenemos abierto como sistema procesal penal, en cuanto al uso desmesurado de esa medida cautelar”.

Según Mahnke, el fallo de hoy “permite el restablecimiento del imperio del derecho, pues contribuye a buscar un equilibrio en el sistema de justicia y una mirada de proporcionalidad en las medidas que se usan en el mismo”.

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