Sala de Prensa

02/10/2017

Todos cumplen, además, con un programa de reinserción social

Antofagasta: defensora juvenil y sicóloga se reunieron con jóvenes en régimen semi cerrado

Sorprendidos quedaron los jóvenes que actualmente cumplen condena a través de ese programa de internación de Sename y reconocieron no saber que además deben cumplir con otros requisitos legales.

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

La Ley de Responsabilidad Penal Juvenil establece que las sanciones para los jóvenes infractores de ley pueden cumplirse en régimen cerrado, semicerrado o en libertad, pero que en cualquier caso la sanción debe ir acompañada de un programa de reinserción social.

Normalmente dichos programas incorporan la continuación de estudios, el aprendizaje de oficios, el manejo de tecnologías digitales, el tratamiento de adicciones y el fortalecimiento del vínculo con sus familias. Así, todos ellos forman parte de un programa integrado a su castigo penal y que se establece caso a caso.

Sobre esta materia, la defensora pública juvenil de Antofagasta, Paula Bernal, y la  psicóloga Golda Barrientos conversaron con los jóvenes condenados a penas de régimen semi cerrado, a quienes les expusieron todos los alcances de la Ley N° 20.084.

PROGRAMA ASOCIADO
Ambas puntualizaron que esta ley concibe cada sanción asociada a un programa de reinserción social, de forma que la residencia nocturna obligatoria del adolescente en un centro de privación de libertad es una parte de la pena, mientras que la otra parte de la sanción es el cumplimiento del programa, que debe ser desarrollado tanto al interior del recinto como en el medio libre.

“Para el cabal cumplimiento de la pena, a ustedes no les basta con venir a dormir, sino que deben desarrollar un programa personalizado de actividades, que considera la asistencia y cumplimiento del proceso de educación formal o de re escolarización, el desarrollo periódico de actividades de formación socioeducativas y de participación, que pueden desarrollarse aquí mismo o en el medio libre”, explicó Paula Bernal.

Golda Barrientos, en tanto, les dijo que “la norma también contempla que se deben desarrollar actividades en el medio libre, todo lo cual forma parte de un programa que se aprueba judicialmente”, para luego aclarar que la Defensoría gestiona permanentemente con las instituciones involucradas que se cumplan las condiciones adecuadas para que este requisito legal se lleve a efecto.

“Nuestra misión es apoyarlos desde la imputación penal hasta el cumplimiento efectivo de la pena que se les imponga, sea ésta privativa de libertad o no, en régimen cerrado o semicerrado, siempre con el compromiso de buscar las mejores alternativas para que se avance en su reinserción social y educativa”, finalizó Paula Bernal.

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