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04/10/2019
Sala Penal de la Corte Suprema vio hoy recurso de revisión extraordinario
Defensoría alegó por condena contra parvularia acusada de delitos sexuales contra menores
En fallo dividido del Tribunal Oral de Rancagua, Raquel Andrea Farfán Fariña fue condenada a 15 años y un día de presidio, como autora de dos delitos sexuales contra menores. El defensor local jefe de Santiago, Víctor Providel, aseguró hoy ante los magistrados que existe prueba de que al menos uno de los dos delitos nunca existió.
Por Paola Sais Dünner,
Defensoría Nacional.
Los padres de la educadora de párvulos Raquel Andrea Farfán Fariña fueron el único público presente hoy en la Sala Penal de la Corte Suprema, durante los alegatos que el defensor local jefe de Santiago y ex jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional de O´Higgins, Víctor Providel, hizo ante los magistrados que integran la sala, en los que aseguró que la mujer -de 40 años- es “absolutamente inocente” en al menos uno de los dos delitos por los que fue condenada.
En no más de 20 minutos, Providel fundamentó el recurso de revisión extraordinario presentado por la Defensoría en favor de Farfán Fariña, quien en agosto de 2015 fue condenada a 15 años y un día por el delito de abuso sexual agravado en contra de dos niños de 3 años, alumnos del jardín infantil “Happy Fun” en el que trabajaba.
De acuerdo con lo informado por Providel a los magistrados, de entre las pruebas que presentó en el juicio oral contra la educadora, el Ministerio Público excluyó un informe sexológico del Servicio Médico Legal (SML), en el que el doctor Andrés Rosmanich Poduje concluyó en forma categórica que en el caso de Ignacio -una de las supuestas víctimas-, éste no presentaba ningún tipo de lesión anal, ni fisuras en esa zona, como 24 horas antes lo había señalado la médico general Gisella Moreno, quien trabajaba en una clínica privada a la que el menor fue llevado en primera instancia.
“En el juicio, el Ministerio Público retiró el informe de este perito de entre sus pruebas, por lo que la Corte jamás la conoció ni la valoró”, dijo Providel, quien recalcó que “este hecho (la supuesta agresión sexual anal contra el menor) fue determinante, porque forma parte del tipo de delito sexual agravante que llevó a la condena de Raquel Farfán… una condena extremadamente grave”.
“Si los jueces del Tribunal Oral de Rancagua hubieran conocido de esta pericia, la pena aplicable sin este primer hecho habría estado en los 5 años y un día”, agregó.
El abogado también informó que en enero de 2018, la Defensoría Regional de O´Higgins pidió al médico tanatólogo Luis Ravanal un peritaje de los informes contrapuestos de los doctores Moreno y Rosmanich, tras lo cual el experto concluyó que era “científicamente imposible” que una fisura anal detectada el 8 de agosto de 2013 desapareciera en 24 horas, es decir el 9 de agosto, cuando el perito del SML revisó al niño.
ABOGADA PRIVADA
Cabe destacar que la educadora de párvulos fue representada durante todo el juicio oral por una abogada privada, quien -según Providel- no estaba especializada en derecho penal. No fue hasta el año pasado que los padres de la joven pidieron a la Defensoría Penal Pública que los ayudara con el caso de su hija.
Al término de sus alegatos, Victor Providel recordó a los magistrados de la Corte Suprema que los artículos 473, 478 y 479 no sólo dan al máximo tribunal la posibilidad de anular la sentencia contra Raquel Farfán, sino que también resolver la realización de un nuevo juicio oral.
También destacó la búsqueda incansable desplegada por los padres de la mujer para que se sepa la verdad, pues fueron ellos quienes llegaron hasta la Defensoría Penal Pública a pedir ayuda. “Esta es la única oportunidad que tenemos para que Raquel pueda acreditar su inocencia”, concluyó el defensor público.
El Ministerio Público, en tanto, fue representado por la abogada Paola Falcón, de la Unidad de Delitos Sexuales, Derechos Humanos y Género, quien pidió rechazar el recurso de revisión, argumentando que el peritaje del SML siempre estuvo en la carpeta investigativa y que “no se presentó porque teníamos una prueba pericial”.
La Sala Penal de la Corte Suprema fijó fecha de sentencia para el próximo 24 de octubre a las 13 horas.
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