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15/11/2019
Columna de opinión:
La importancia del control judicial de la detención (parte dos)
El siguiente artículo, publicado por el diario El Divisadero el 14 de noviembre de 2019, fue escrito por el jefe (S) de Estudios de la Defensoría Regional de Aysén, Cristián Cajas.
Por Cristián Cajas Silva,
Jefe (S) de Estudios
Defensoría Regional de Aysén.
Hace una semana dedicamos este espacio para destacar la importancia del control judicial de la detención. A propósito de la crisis política y social que vive nuestro país, detallamos las cifras nacionales de personas detenidas que han sido asistidas por la Defensoría Penal Pública (más de 12 mil), las declaraciones de ilegalidad y las prisiones preventivas que han sido decretadas por los tribunales de justicia y describimos brevemente los principales derechos que todas las personas tenemos en dichas circunstancias.
También hace una semana, pero esta vez en Coyhaique, se verificó el caso de un joven imputado de participar en desórdenes públicos y provocar lesiones graves a un funcionario de Carabineros por medio del lanzamiento de una piedra. Se trata de un caso difundido por nuestra prensa local, donde se manifiestan palmariamente los aspectos más sensibles para los derechos fundamentales del detenido, y con la autorización previa de su protagonista, nos permitiremos presentarlo en esta tribuna.
En primer lugar, decíamos que toda persona imputada tiene derechos (artículo 93 del Código Procesal Penal), entre otros, a “no ser sometido a tortura ni a otros tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Esto parece elemental. Casi innecesario de recordar en un estado democrático y de derecho como el nuestro.
Pues bien, este joven de Coyhaique, una vez reducido y detenido por varios funcionarios policiales, sufrió el agarrón y presión de sus testículos por uno de los carabineros, según se aprecia en el primer plano de un registro audiovisual. El hecho fue denunciado en la audiencia de control de detención, dio lugar a la declaración de ilegalidad de la detención por el tribunal y recientemente el INDH ha presentado querella por delito de apremios ilegítimos (Art. 150 D del Código Penal).
En segundo lugar, decíamos que el detenido podrá entrevistarse privadamente con un defensor penal público, quien recabará su versión de los hechos a fin de ejercer su defensa técnica. En este caso concreto el joven reconoció haber participado de los desórdenes, pero negó haber lanzado la piedra que lesionó al funcionario policial. En cambio, de otro lado, seis funcionarios policiales que tomaron parte en el procedimiento atestiguan y lo describen como el autor de las lesiones de su compañero uniformado.
Y en tercer lugar, decíamos que finalmente, según las circunstancias, el tribunal resolverá si decreta o no medidas cautelares en contra del detenido. En este caso, en alzada, se acogió el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público y se impuso prisión preventiva en contra del joven imputado, por considerar que su libertad constituía un peligro para la seguridad de la sociedad.
En este punto, a nuestro juicio, cobran especial relevancia los altos estándares legales y constitucionales que hacen de la prisión preventiva una medida de último recurso, que sólo debe ser impuesta cuando es absolutamente indispensable y proporcionada en relación con la pena probable en caso de aplicar condena.
Este lunes 11 de noviembre, el joven protagonista de esta historia pudo salir de la cárcel y regresar a su hogar gracias a las intensas gestiones de su familia. Ellos ubicaron a un "ángel” que grabó un video, en que el Ministerio Público pudo constatar que se observa claramente que este joven imputado no arrojó la piedra que lesionó al funcionario de Carabineros.
En consecuencia, eran erróneos los testimonios de los funcionarios policiales que lo individualizaron como autor de ese delito y, lo más dramático, los cinco días de prisión preventiva que sufrió este joven (y su familia junto con él) resultaron carecer de fundamento efectivo. Es una situación irreversible, que lamentablemente ocurre a otros hombres, mujeres y adolescentes que no siempre tienen la “suerte” de este joven de Coyhaique. Usted puede conocer más casos de este tipo en www.proyectoinocentes.cl
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