Sala de Prensa

22/08/2020

Imputado fue acusado por cuatro delitos del artículo 318 del Código Penal

La Araucanía: Corte Suprema anula fallo por ausencia de escrituración

En fallo unánime, la sala penal del máximo tribunal de justicia del país estableció una infracción a las normas del debido proceso al no estar escrita la sentencia.

Por Claudia Riquelme Soto,
periodista Defensoría Regional de La Araucanía. 

El pasado 16 de junio se llevó a cabo un procedimiento simplificado en el Juzgado de Garantía de Temuco, en contra de una persona a la que el Ministerio Público le atribuyó la comisión de cuatro ilícitos asociados a poner en riesgo la salud pública, según lo establecido en el artículo 318 del Código Penal.

En dicha audiencia la defensa pública realizó alegaciones para lograr la absolución del afectado, o bien la recalificación del delito a una falta penal, aunque finalmente el magistrado decidió condenar al imputado, tal como lo explicó la defensora pública Valeria Basilio Rudiger.

"Luego que se dictara el veredicto condenatorio, se realizó el análisis de la causa y de la sentencia, y finalmente se decidió la interposición de un recurso de nulidad ante la Corte Suprema, señalando la ausencia de escrituración del fallo de condena, por cuanto se habría vulnerado el debido proceso justamente por falta de garantías".

La abogada aclaró que esto ocurrió "no sólo porque se incumplió un deber legal establecido en nuestro Código Procesal Penal, sino también por el hecho de que sólo el registro de audio y la parte resolutiva de esa sentencia no aseguran las garantías mínimas de poder recurrir por este interviniente y también las posibilidades que todo ciudadano posee de tener acceso y conocer el detalle al ser objeto de un proceso penal en su contra".

NUEVO JUICIO
Al anular la sentencia del Juzgado de Garantía de Temuco, el fallo de la Corte Suprema ordenó la realización de un nuevo procedimiento, esta vez a cargo de un juez no inhabilitado.

"Estamos muy conformes con lo resuelto por la Corte Suprema, que acogió y se hizo cargo de todas nuestras alegaciones, estableciendo nuestra acción al debido proceso, lo que implica justamente que se anula la sentencia y se determina la realización de un nuevo juicio", explicó Valeria Basilio.

Para la defensora pública, esto reafirma el valor de las garantías del imputado, por muy mínimas que puedan parecer.

"Muchos podrán pensar que la falta de escrituración es un detalle menor, pero no lo es. Justamente es la manera que los intervinientes tienen de conocer la postura de la defensa y del Ministerio Público. Pero, por sobre todo es la manera de conocer el razonamiento del tribunal y con ello analizar y determinar si la resolución que dicta finalmente se encuentra ajustada a derecho", concluyó.

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