Sala de Prensa

12/04/2022

Tribunal Oral en lo Penal de Punta Arenas

Absuelto acusado de femicidio

Peritaje de la Defensa dio cuenta de falencias en informe del Servicio Médico Legal. Fiscalía pedía más de 25 años de cárcel para el acusado.

Héctor Martínez Díaz

Defensoría Regional de Magallanes y de la Antártica chilena

La sala Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas, integrada por los jueces Julio Rodrigo Álvarez Toro, presidente, Luis Enrique Álvarez Valdés y Jaime Álvarez Astete, en votación unánime absolvió al acusado L.I.A. de los delitos de femicidio y daños en contexto de violencia intrafamiliar y resolvió condenarlo por un delito continuado de desacato.

El tribunal concluyó en su veredicto que “la prueba incorporada por la fiscalía y la querellante al juicio resultó insuficientemente para tener por establecidos los delitos por los que ha dictado decisión absolutoria, más allá de toda duda razonable, en especial en lo que dice relación con las conclusiones de carácter pericial, como también de la prueba testimonial, la prueba documental, las fotografías exhibidas, medios materiales y la demás prueba incorporada al juicio”

Señala el tribunal que la prueba de la fiscalía como de la parte querellantes “no fue suficientemente precisa, especialmente, se debe mencionar el análisis de las primeras intervenciones por personal de la P.D.I., al cadáver de la occisa, como el perito médico legal, que hacen tangible la existencia de dudas razonables que serán expuestas en la sentencia que se dictará. A su vez, y en lo que respecta al delito de desacato, estos hechos como la participación culpable si fueron específicamente establecidos con aquel convencimiento necesario para dictar decisión de condena” 

Una vez conocido el veredicto absolutorio el defensor público Leonardo Vallejos expresó “este veredicto significa que el tribunal escuchó las alegaciones que planteamos desde el 28 de diciembre de 2019, cuando mi representado fue detenido en las inmediaciones donde se encontraba el cuerpo sin vida de la víctima  y se le atribuyó participación en la causa de muerte”.

“Desde un principio postulamos que él no tenía participación y que la determinación de la causa de muerte no era precisa”, dijo el defensor.

Peritaje de la defensa

Vallejos remarca la importancia de la prueba rendida en el juicio por la Defensa “incorporamos un peritaje del médico legista y forense, Leonardo González Wilhelm que se hace cargo de las conclusiones del informe del Servicio Médico Legal (SML) y explica que hubo falencias en el trabajo desarrollado por esta entidad, que se materializó en que existían dudas razonables de que la persona fallecida hubiese muerto por las razones señaladas por la fiscalía”, explicó Vallejos.

Agregó que su representado está muy contento con el resultado por cuanto tenían aprehensiones que por lo mediático que fue el caso, y el contexto existente a propósito de la violencia contra la mujer, podría predisponer al tribunal al momento de analizar la prueba. “Pero gracias al trabajo de la Defensoría y el perito González pudimos evidenciar las falencias de la acusación”, señaló el defensor.

Satisfacción

“Desde  el control de detención vimos que había evidencia palmaria que no podía ser posible la conclusión a que llegaba el SML, fue un trabajo arduo preparar el juicio y la prueba que rendimos para demostrar nuestra teoría del caso, obtener este resultado  nos genera una gran satisfacción profesional y personal teniendo en cuenta que,  al fin y al cabo, el servicio prestamos  es defender a un ciudadano y si ese ciudadano queda conforme con nuestro  trabajo, la satisfacción como defensor es enorme”.

Cabe señalar que la fiscalía pedía un conjunto de penas de más de 25 años de cárcel, sanción que se verá reducida al ser condenado solo por uno de los tres cargos que se le imputaron.

La audiencia de comunicación de fallo se efectuará por vía telemática el día 26 de abril de dos mil veintidós a las 11:00 horas.

 

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