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20/09/2022

La investigación mostró que la imputada recibía constantes agresiones físicas de su pareja

Defensoría Metropolitana Norte logró absolución de haitiana acusada de parricidio que sufría grave violencia de género

El dictamen, emitido por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, también condenó en costas al Ministerio Público.

Por María Eugenia González I.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

La Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) logró la absolución de una mujer de nacionalidad haitiana que había sido acusada de causar la muerte de su pareja, en un caso en el que se demostró que ella sufría constante violencia de género y vivía en Chile en condiciones de gran vulnerabilidad.

En la resolución, dictada por el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, también se condenó en costas al Ministerio Público.

El trágico hecho que inició la causa penal ocurrió la madrugada del 2 de julio de 2019, en un cité ubicado en avenida Brasil, en la comuna de Santiago. De acuerdo con la investigación del incidente, en ese lugar se produjo una pelea entre S.V., madre de tres hijos, y su pareja, G.F., un hombre también de nacionalidad haitiana, quien sufrió una herida en el tórax, causada con un cuchillo, que le produjo la muerte en el mismo lugar.

S.V. fue detenida y el Ministerio Público pidió contra ella una pena de 15 años y un día como supuesta autora del delito de parricidio.

La representación legal de la acusada, encabezada por la defensora pública Patricia Alvarado Masafierro, argumentó que la mujer había sufrido durante largo tiempo constantes agresiones físicas y violencia de género de parte de su pareja. En este contexto, mencionó la realización de peritajes que certifican que S.V. presenta lesiones que incluyen hundimiento craneal y quemaduras con agua caliente.

La propia imputada, además, testimonió que el agresor en una oportunidad la atacó utilizando ácido extraído de una batería.

EXTREMA VULNERABILIDAD
El día en el que se produjo el incidente fatal, la indagación arrojó que mientras se desarrollaba una pelea en la que mediaron golpes propinados por el agresor, ella tomó un cuchillo como medida de autodefensa, con el que produjo la herida que causó la muerte de G.F..

En su resolución, el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal sostuvo que la defensa pública logró acreditar que S.V. actuó amparada en una causal de justificación contemplada en el ordenamiento jurídico, en el marco de la situación de violencia permanente que vivía, que la afectaba en sus bienes jurídicos más esenciales, como la vida y la integridad física y psíquica.

Durante la investigación del caso quedó en evidencia la situación de vulnerabilidad de la acusada, quien no habla español y se vio inhibida de denunciar la situación de permanente violencia de género que la afectaba, debido al temor que sufría y el desconocimiento de sus derechos..

Entre sus conclusiones, la resolución del tribunal consideró la 'Convención de Belem Do Pará', para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, las recomendaciones del 'Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer' de Naciones Unidas (Cedawy las 'Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de personas en condición de vulnerabilidad'.

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