Sala de Prensa

13/10/2023

En un fallo inédito, el máximo tribunal del país confirmó medidas en favor de personas inimputables

Defensoría Regional de Antofagasta logró histórico fallo en la Corte Suprema

Los ministros de la sala penal de la Corte Suprema resolvieron confirmar un pronunciamiento previo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en relación con la urgencia de mejorar las condiciones de las personas con problemas de salud mental y establece responsabilidades del Servicio de Salud y del ministerio del ramo en la falta de cupos para cumplir la medida de internación provisional

Por Julia Arriagada Márquez,
Defensoría Regional de Antofagasta.

Un fallo que tendrá un impacto relevante para mejorar las condiciones de las personas que son declaradas inimputables por problemas de salud mental fue el que consiguió la Defensoría Penal Pública, luego de que la sala penal de la Corte Suprema -integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Valderrama y Jorge Dahm, junto a la abogada integrante Pía Tavolari- decidiera confirmar lo dispuesto previamente por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en relación con la falta de cupos para el cumplimiento de la internación provisional.

El recurso acogido por la Corte de Antofagasta fue interpuesto por los defensores públicos Claudia Nievas, de Antofagasta, y Alvaro Gazón, de Calama, en representación de siete imputados bajo internación provisional que no han podido ingresar a un servicio de psiquiatría por falta de cupos y ordenó al Servicio de Salud descongestionar la red de salud mental en la región, para permitir dar cumplimiento a la internación provisional de los amparados, fijando un plazo de 90 días para ello.

Sin embargo, el Servicio de Salud de Antofagasta apeló ante la Corte Suprema, instancia en que los alegatos de la Defensoría estuvieron a cargo del jefe de la Unidad de Corte, Claudio Fierro. En esta causa se hicieron parte la dirección nacional de Gendarmería y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor del recurso.

Una vez conocido lo resuelto por el máximo tribunal, el Defensor Regional, Ignacio Barrientos Pardo, expresó su conformidad por el gran avance que este fallo representa para resolver la grave situación de las personas con problemas de salud mental involucradas en causas penales.

El directivo destacó que fue un trabajo en equipo, en que se contó con la colaboración del abogado Nicolás Cisternas, de la Unidad de Defensa Penal Especializada (UDPE) y de la ya mencionada Unidad de Corte de la Defensoría Nacional.  

“Hemos golpeado muchas puertas y visibilizado ésta problemática en varias instancias desde hace ya varios años, por lo que contar con este respaldo por la Corte Suprema nos pone en un mejor pie para exigir que se adopten las medidas que corresponden para garantizar los derechos de nuestros representados, en particular de este grupo de especial vulnerabilidad”, comentó Ignacio Barrientos.

SESIÓN EXTRAORDINARIA
En concreto, la resolución de la Corte Suprema establece que, dentro del plazo de 15 días hábiles, el Servicio de Salud de Antofagasta deberá realizar una sesión extraordinaria de la Comisión Regional de Psiquiatría Forense, en la que participen sus integrantes regulares -el Ministerio Público, la Defensoría Penal Pública, Gendarmería de Chile y el Hospital Regional de Antofagasta- y que se cite además a los representantes de los tribunales con competencia penal de la jurisdicción, así como al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, al Servicio de Salud, al Gobierno Regional, a la Delegación Presidencial y a todo otro órgano de la Administración del Estado cuya decisión influya en la búsqueda de soluciones y acciones en su articulación.

Allí deberá exponer un informe con la actual situación de los imputados sujetos a la medida de internación provisional, considerando -entre otros aspectos relevantes- su actual lugar de cumplimiento, puesto en la lista de espera para ingreso a unidades de psiquiatría, fechas de proyección de ingreso y para la elaboración de informes preliminares de imputabilidad e informes periciales psiquiátricos, en su caso. En esa reunión, además, deberán analizarse propuestas y soluciones para el desarrollo a corto, mediano y largo plazo de la situación representada a través de este recurso.

Asimismo, el fallo confirmó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en cuanto a que el Servicio de Salud de Antofagasta, en conformidad a las atribuciones establecidas en el artículo 16 del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, emitido por el Ministerio de Salud en 2005, deberá realizar las acciones pertinentes para el descongestionamiento de la red asistencial de salud mental de la región, para permitir dar cumplimiento a la internación provisional de los amparados, así como de los demás imputados en la misma situación, en recintos de salud o secciones de recintos de salud especialmente habilitados para estos efectos, dando así estricto cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 464 y 457 del Código Procesal Penal.

El jefe de la Unidad de Corte, Claudio Fierro, afirmó que este inédito fallo "fija responsabilidades institucionales en la forma y flujo de la tramitación y ejecución de la internación provisional. Da cuenta que se trata de una problemática de salud pública que está en estado crítico a nivel nacional, establece la obligatoriedad de medidas de gestión intersectorial que deben implementarse y determina expresamente que la internación provisional  ejecutada en establecimientos penitenciarios es ilegal”, aseguró.

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