Sala de Prensa

25/01/2013

Hasta que el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó lo absolvió

Una confusión lo hizo sospechoso de tráfico de drogas

La defensora penal pública Violeta Villalobos siempre creyó en la inocencia de Eduardo Cortés y logró comprobar que no tenía nada que ver con el delito que se le imputaba.

El jueves 17 de enero de 2013, el Tribunal Oral en lo Penal de Copiapó absolvió Eduardo Cortés Dorador (31) del delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, luego de acoger los argumentos de la defensa pública, que sustentó su inocencia en virtud de que se sindicaba a otra persona como autora del ilícito.

En abril de 2012, Cortés Dorador fue detenido por el delito de tráfico de pequeñas cantidades de droga, quedando como coimputado de una menor de edad. El imputado se encontraba circunstancialmente en el domicilio de la menor cuando personal de la sección OS-7 de Carabineros ingresó al lugar.

Los policías llevaban una orden judicial de registro del domicilio, en la cual los sospechosos eran la adolescente B.A.C. y Cristián Cortés, pero en ningún caso Eduardo Cortés, quien fue victima de esta gran confusión.

PRESENCIA CASUAL

“Mi representado estaba casualmente en la vivienda de una niña de 17 años, que además tiene varios antecedentes penales, y justo llega Carabineros, que en vez de encontrarse con Cristian Cortés se encuentra con Eduardo Cortés y lo detiene. Su nombre no era manejado por los funcionarios policiales”, destacó la defensora penal pública Violeta Villalobos.

Agrega que “en ningún momento figuraba el nombre de mi representado como un antecedente policial. Hubo una confusión e incluso los funcionarios lo estamparon en el parte, ya que pusieron esa dirección como el domicilio de mi representado, en circunstancias que él vive en otro lugar”.

Estos hechos fueron probados por la defensa, que contó para ello con la declaración de la pareja de Cortés Dorador y la madre de éste, además de la presentación del joven como padre de tres hijos y contratista de obras civiles y soldadura.

“Nosotros dijimos que había una confusión. En el lugar se encontraron 2,3 gramos de droga, pero ni siquiera se realizó un análisis de pureza. No se puede sancionar sin contar con la prueba científica insustituible a este respecto. Por todas estas razones se absolvió a mi representado por este delito”, aclaró Villalobos.

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