Sala de Prensa

27/03/2013

Primera Sala acogió por unanimidad recurso del Ministerio Público

Corte de Apelaciones de San Miguel anuló sentencia de Karina Sepúlveda

La mujer, acusada por matar a su conviviente tras 18 años de maltrato, había sido absuelta en enero pasado por el Tribunal en Lo Penal de Puente Alto.

Por unanimidad, los magistrados de la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel resolvieron hoy acoger un recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público y revocar la sentencia que absolvió a Karina Sepúlveda del delito de parricidio, por haber matado a su conviviente tras años de sufrir violencia intrafamiliar.

La resolución -tomada por los ministros Ana María Arratia, Fernando Carreño y Manuel Hazbún- concluye que en la sentencia del tribunal oral no se encuentra establecido el estado de necesidad exculpante, ya que no se acreditaron los requisitos necesarios para su aplicación, ni la existencia de una situación de riesgo inminente que hiciera peligrar la integridad física de la acusada.

“Esta Corte considera que la sentencia ha transgredido los límites impuestos a la valoración de la prueba, al carecer de la fundamentación suficiente que permita reproducir el razonamiento utilizado para alcanzar las conclusiones de absolución”, precisa el escrito del tribunal, leído por la vocera subrogante del tribunal de alzada, Carmen Rivas

El fallo agrega que “no parece lógico tampoco que después de tantos años de maltrato que ella afirma, no haya tomado ninguna medida en su resguardo” y cuestiona la “instrumentalización” a la que habrían sido sometidos los hijos de la imputada –a los que la sentencia de las juezas de Puente Alto hizo alusión- por los abuelos paternos, para declarar en contra de su madre.

LOS HECHOS
El 11 de octubre de 2011, tras 18 años de sufrir violencia física y sicológica, que le dejaron 64 cicatrices visibles en el cuerpo, Karina Sepúlveda tomó el arma de su conviviente y le disparó mientras éste dormía.

Después de haber estado 15 meses en prisión preventiva, el 11 de enero pasado quedó en libertad, tras ser absuelta en una resolución judicial que aplicó por primera vez la Ley N° 20.480 -conocida como “Ley de Femicidio”- y que comenzó a regir en diciembre de 2011.

  • subir
  • imprimir
  • volver