Sala de Prensa

23/12/2015

Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) con futuros periodistas

DRMN explica la presunción de inocencia a estudiantes de periodismo de Universidad Adolfo Ibáñez

El diálogo se extendió a la labor de la Defensoría, la Fiscalía, los tribunales y la cobertura que la prensa da a las causas penales.

Defensoría Regional Metropolitana Norte

La Defensoría Regional Metropolitana Norte (DRMN) realizó una charla a 30 estudiantes de la Escuela de Periodismo de Universidad Adolfo Ibáñez sobre el funcionamiento de la Reforma Procesal Penal y la misión de la defensoría Penal Pública. En la exposición a cargo del periodista José Ignacio Aguirre se abordaron también varios aspectos de la cobertura que la prensa hace de las causas penales.

En el diálogo que se generó se aclararon dudas acerca de las funciones de los fiscales, a cargo de la investigación y de la acusación, y de los jueces cuya misión es analizar la prueba que les presentan el persecutor y la defensa para luego dictar sentencia.

Los alumnos conocieron la labor de los defensores penales públicos como parte esencial del proceso penal y de la misión que cumplen en las audiencias de control de la detención y de formalización, audiencias de revisión de medidas cautelares, audiencias de preparación de juicio oral y juicios orales. Precisó que esta labor tiene como base la presunción de inocencia que ampara a toda persona, de modo que si la Fiscalía pretende imputarle un delito, es ella la que debe probar que la persona efectivamente cometió el ilícito.  

Cobertura de prensa de casos penales

Ante consultas de la profesora Bárbara Fuentes y de estudiantes del curso de Taller de Reporteo sobre la cobertura que le prensa da a la Justicia Penal, José Ignacio Aguirre explicó que hay errores que a pesar de que la reforma entró en vigencia hace más de 10 años en Santiago, se siguen cometiendo. Mostró ejemplos de informaciones de TV y prensa escrita en que se consignan titulares que indican que quedó libre una persona imputada por un delito, dando la impresión que el autor de un ilícito no se le sanciona. Cuando en realidad es que la persona fue formalizada por el delito que se le imputa, respecto del cual se decretó un plazo de investigación en que si la culpabilidad es clara se generarán las pruebas que permitirán al tribunal dictar una sentencia condenatoria que puede aplicar una pena privativa de libertad. Pero nada de esto se explica y con esos titulares se confunde a la opinión pública comunicando que porque no quedó preso en la primera audiencia, hay impunidad. Al respecto explicó que la prisión preventiva es excepcional, y está reservado para ilícitos graves, pero no para delitos de poca monta por mucho que la televisión muestre la grabación de la cámara de seguridad de un supermercado o mol en que el imputado está sustrayendo una especie.

Finalmente el profesional informó de numerosos casos en que por diversos errores de agentes de la justicia, personas inocentes han pasado días, meses y hasta años presos. Concluyó que el detalle de estas informaciones pueden encontrarlos en el sitio de la Defensoría www.proyectoinocentes.cl. 

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