Sala de Prensa

23/08/2016

Tribunal reprochó a la Fiscalía

Defensora pública acreditó inocencia en dos casos sucesivos por plantas de marihuana para auto consumo

Patricia Alvarado alegó “visión de túnel” del fiscal, que lo llevó a formalizar a una persona que utiliza la cannabis por motivos terapéuticos. En otra causa la propia Fiscalía pidió sobreseimiento definitivo, después de que la defensa pública le excluyera toda la prueba.

Por José Ignacio Aguirre O.,
Defensoría Regional Metropolitana Norte.

Un enfermo de glaucoma que utilizaba la marihuana con fines medicinales y un trabajador que tenía siete plantas para su consumo personal y cuya casa fue allanada sin orden judicial eran dos imputados a quienes la Fiscalía había formalizado por tráfico de drogas, aunque la defensora penal pública Patricia Alvarado logró que el tribunal acogiera su tesis de que ambos eran inocentes.

En el primer caso, Juan Carlos Castillo (52) fue detenido -según declararon funcionarios de la Policía de Investigaciones (PDI)- tras una llamada de denuncia, según la cual en su domicilio de Conchalí se traficaba droga.

Los policías declararon que llegaron a la vivienda el 3 de abril de 2012 y el propio imputado los invitó a pasar a la casa, donde encontraron tres plantas de marihuana, 562 gramos de cannabis seca y 164 gramos de hojas de la misma sustancia. Por esta razón, el fiscal Patricio Macaya solicitó la pena de cinco años y un día de presidio efectivo, aun cuando el imputado no tenía antecedentes penales.

VISIÓN DE TÚNEL
La defensora pública logró acreditar no sólo una serie de irregularidades en el procedimiento policial, sino que una versión totalmente distinta de los hechos. Subrayó que, en primer lugar, los policías no informaron al dueño de casa que lo investigaban por tráfico de drogas.

Agregó que él mismo les mostró las tres plantas que tenía para su consumo personal, ya que padecía un glaucoma cuyos efectos retarda el consumo de la sustancia. Incluso les contó que sus hermanos, que padecen la misma enfermedad pero que no consumían marihuana, hoy ya están ciegos.

La defensora Patricia Alvarado señaló que al ignorar estos antecedentes que favorecían al imputado y que demostraban que la razón de la presencia de las plantas era la visible enfermedad de su defendido, el fiscal cayó en una “visión de túnel” que lo llevó a empecinarse injustificadamente en el objetivo de condenar al acusado.

Los magistrados del Segundo Tribunal Oral de Santiago, Gloria Canales, Jorge Candia y Nelson González, acogieron la solicitud de la defensa  pública y absolvieron al imputado de todos los cargos. El tribunal cuestionó, además, la investigación del persecutor, por su falta de diligencia, a partir de lo cual condenó en costas a la Fiscalía.

CAUSA SIN PRUEBAS
Poco después, la defensora Patricia Alvarado enfrentó una segunda causa de características similares. También se trató de un caso en que la Fiscalía acusó a un hombre sin antecedentes de cultivar plantas de marihuana para hacer tráfico ilegal de la sustancia.

Carabineros llegó a la villa Pablo Neruda de Huechuraba a las 17 horas del 17 de noviembre de 2014, tras un supuesto llamado telefónico anónimo. Según acreditó la defensa  pública, los uniformados ingresaron a la vivienda sin orden judicial y encontraron plantas de marihuana en el patio, cuando el dueño de casa, Sebastián Cáceres (35), llegó a las 18 horas, después de salir de su trabajo en un call center.

Desde las primeras audiencias, la defensa pública denunció estas ilegalidades, las que fueron relevantes en la etapa de preparación de juicio oral, pues la abogada Alvarado solicitó la exclusión de todas las pruebas, lo que fue acogido por el Segundo Tribunal de Garantía de Santiago.

Entre ellas estaban las fotografías de las plantas, que según la policía eran 191, lo que tampoco resultó efectivo, porque la defensora pública acreditó que eran sólo siete plantas que el imputado tenía para a su consumo personal.

De este modo, al llegar al juicio oral la propia fiscal Silvia Jaramillo solicitó a los magistrados Rafael Andrade, Ana Claudia Gatica y Denisse Ehrenfeld el sobreseimiento definitivo de la causa.

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