Sala de Prensa

07/09/2016

Acción constitucional fue presentada por defensor público juvenil de Punta Arenas

Corte Suprema acogió amparo en favor de dos jóvenes y revocó su internación provisoria

Los jueces de la Segunda Sala acogieron el recurso y decretaron arresto domiciliario para los adolescentes, imputados por dos delitos de robo en lugar no habitado.

Por Héctor Martínez Díaz,
Defensoría Regional de Magallanes y Antártica Chilena.

La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema -integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller y Lamberto Cisternas, más los abogados integrantes Jaime Rodríguez Espoz y Leonor Etcheberry-, acogió ayer un recurso de amparo presentado por el defensor público juvenil Richard Maldonado Bustos en favor de los menores de edad D.A.B. y R.S.Y., quienes desde el 11 de agosto pasado se encontraban en internación provisoria por su presunta participación en dos delitos de robo en lugar no habitado.

Maldonado decidió recurrir de amparo tras considerar que dicha medida es contraria a los artículos 32 y 33 de la Ley N° 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente (LRPA).

El fallo señala que “toda persona tiene derecho a la libertad personal y a la seguridad individual y circunscribe la prisión preventiva a los casos en que otras medidas no sean suficientes a los fines allí previstos”.

Menciona, además, que la “Ley 20.084 sobre sobre responsabilidad penal adolescente también da preeminencia al enjuiciamiento y sanción en libertad respecto de los adolescentes que incurren en ilícitos penales, disponiendo una serie de reglas particulares para cumplir con este fin”.

ARGUMENTOS DE DEFENSA
Los magistrados recogieron los argumentos que siempre sostuvo el defensor público juvenil, quien tanto en la audiencia de control de detención como ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas señaló que la internación provisoria en un centro cerrado no era adecuada, ya que sólo sería procedente cuando las conductas imputadas, en caso de ser cometidas por una persona mayor de 18 años, constituyan crímenes, requisito que en este caso no se cumple.

Cabe recordar que la Fiscalía imputó a los jóvenes dos robos en lugar no habitado, que tiene una pena de simple delito -es decir menos de cinco años de cárcel- si los imputados fueran adultos.

De este modo, el fallo confirma no sólo los argumentos del defensor juvenil, sino también lo que ya había dicho la propia Corte Suprema sobre el tema, en cuanto a señalar que siempre se deben tomar en consideración las reglas especiales contenidas en la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente y examinar, en cada caso, la proporcionalidad de las medidas cautelares versus la sanción probable a aplicar ante un escenario de condena.

Con todo, la acción de amparo no significó que los jóvenes quedaran en libertad por completo, pues si bien se revocó su internación provisoria, se les sustituyó por arresto domiciliario total.

El recurso de amparo fue redactado por el defensor penal juvenil Richard Maldonado y alegado en la Corte Suprema por Claudio Fierro jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Penal Pública.

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