Sala de Prensa

07/09/2017

Absolución en Tribunal Oral de La Serena

Defensa pública acreditó que aceite de cannabis era para hija enferma del acusado

La abogada Rosa Álvarez presentó extensa prueba y demostró que la producción de la especie vegetal era para el uso de la hija del imputado, a quien la Fiscalía acusó de tráfico de drogas y cultivo ilegal de especies vegetales.

Por Daniel San Martín D.,
Defensoría Regional de Coquimbo.

Al principio y al final del juicio oral seguido en su contra, el psicólogo Alex Rojas declaró enfáticamente que jamás se ha dedicado al tráfico de drogas y, muy por el contrario, justificó que la elaboración de aceite de cannabis sativa era exclusivamente para mejorar la condición de salud de su hija, de 11 años, quien padece trastornos de autismo.

“No tengo antecedentes penales, jamás he delinquido. Junto a mi señora nos dedicamos a producir aceite de cannabis con el fin de que nuestra hija viva mejor. Si cometí un error o infringí una norma fue por ignorancia o desinformación, jamás he pretendido dañar a otras personas con droga”, aseguró Rojas ante las magistradas María Devoto, Nury Benavides y Jimena Pérez, de la primera sala del Tribunal Oral de La Serena, quienes luego de valorar las pruebas resolvieron por unanimidad absolverlo de los delitos de tráfico de drogas y cultivo de plantación ilegal de vegetales.

La Fiscalía acusó al profesional señalando que el 15 de marzo de 2016, funcionarios del OS-7 de Carabineros ingresaron autorizados al domicilio de Alex Rojas y encontraron en su patio cinco plantas de cannabis sativa. Según el persecutor si bien no hubo ningún indicio que mostrara un ánimo de lucrar con el producto, de todas formas la sustancia estaba destinada para promoción o uso de terceras personas, específicamente un tratamiento médico de su hija que no había sido validado por autoridades sanitarias competentes.

TERAPIA ALTERNATIVA
La defensora pública Rosa Álvarez sostuvo que la tesis de la Fiscalía se desacreditó con el testimonio de un funcionario del OS-7, quien dijo que recibió una llamada telefónica anónima que denunciaba un cultivo en un domicilio, pero sin ningún antecedente que siquiera hiciera presumir que esa droga sería facilitada o vendida a terceros.

“No había pesa, contenedores, elementos para dosificar la droga ni dinero en efectivo producto de transacciones. Absolutamente nada que hiciera presumir que mi representado se dedicaba a actividades ligadas al tráfico”, sentenció Álvarez.

La abogada explicó que presentó informes de médicos, sicoterapeutas y del establecimiento educacional donde asiste la hija de Alex Rojas, los que acreditaron que a los tres años fue diagnosticada con un trastorno espectro autista, por lo que consume un medicamento que le generó problemas físicos importantes asociados a sus órganos internos.

Agregó que por ese motivo y a través de estudios, tutoriales y apoyo de la Fundación Daya, los padres de la pequeña optaron por producir aceite de cannabis con fines medicinales para el uso de su primogénita.

“El tribunal absolvió a mi defendido porque entendió que dicha sustancia estaba destinada al suministro de una terapia alternativa para su hija que padece trastorno de autista”, finalizó la defensora pública. 

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