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16/09/2016
Por proyecto de ley que busca despenalizar el consumo y autocultivo de marihuana
Jefe de la Unidad de Corte expuso ante diputados de la Comisión de Salud
Abogado Claudio Fierro expuso tres casos en que la Corte Suprema ha acogido algunos de los criterios planteados por la defensa pública para diferenciar el consumo de otras conductas delictivas asociadas a las drogas.
Por Marcelo Padilla V.,
Defensoría Nacional.
En el contexto de la discusión parlamentaria -en segundo trámite- del proyecto que busca modificar la ley de drogas (N° 20.000) para despenalizar el expendio medicinal y el autocultivo de marihuana para consumo privado, el jefe de la Unidad de Corte de la Defensoría Nacional, Claudio Fierro, expuso recientemente ante los diputados que integran la Comisión de Salud de la Cámara.
Convocado a esa instancia por la diputada Karla Rubilar, el abogado detalló ante los parlamentarios los cambios jurisprudenciales que ha fijado recientemente la Corte Suprema, tras absolver a distintas personas que habían sido imputadas por tráfico ilícito de drogas dado que, en realidad, “en el ejercicio de sus derechos constitucionales -libertad de conciencia, autodeterminación, entre otros-, optaron por un consumo personal y próximo en el tiempo de cannabis sativa”, explicó.
Fierro señaló que la postura de la defensa pública en todos estos casos ha sido poder discutir, en este caso ante la Corte Suprema, situaciones como las descritas, que no están asociadas a la criminalidad común del tráfico de drogas y de estupefacientes.
CRITERIOS DE DEFENSA PÚBLICA
En detalle, el jefe de la Unidad de Corte expuso tres casos en que la Defensoría llegó hasta la Segunda Sala de la Corte Suprema y terminó ganando los respectivos recursos de amparo, a partir del hecho de que los jueces acogieron los criterios expuestos por la institución.
“El primer caso era por seis plantas, otro por 40 y otro por 16. El denominador común era el consumo personal y próximo en el tiempo, con distintas motivaciones, como investigación científica, expansión de la conciencia o tratamiento de la depresión, entre otros. Uno de los casos era el de una persona que estuvo presa casi tres meses en Rancagua, la formalizaron por tráfico, el tribunal recalificó a autocultivo y la Corte Suprema terminó absolviéndola por consumo”, aclaró.
“El bien jurídico que la ley y lo que busca es evitar la difusión incontrolada de la droga. Eso no ha existido en ninguno de estos casos, pues no se pudo acreditar una difusión para la comercialización y el lucro con la venta de estas plantas, dado que eran sólo para consumo personal”, agregó.
CONSUMO VERSUS TRÁFICO
El abogado dijo también a los parlamentarios que el máximo tribunal del país ha entendido que el consumo no puede significar la misma criminalidad asociada al delito de tráfico de drogas.
“Acogiendo una de las tres tesis propuestas por la defensa pública, el nuevo criterio de la sala penal es señalar que el cultivo es un acto preparatorio para el consumo, que está sancionado como falta, y que un acto preparatorio de una falta no tiene sanción. Por eso absuelve. También acoge el criterio constitucional de la autolesión: si en uso de mis derechos constitucionales yo me lesiono, lo hago solo, sin afectar o involucrar a nadie”, sostuvo.
Según Claudio Fierro, era oportuno aportar a la discusión parlamentaria en marcha, porque “están fijando seis plantas y diez gramos de porte como límite para definir delito, entoncer era importante explicarles que la propia Corte Suprema ha absuelto a personas imputadas por 40 plantas. Es decir, no es un problema de cantidad de plantas, sino de la intencionalidad de las personas con esas plantas. Si se acredita que la intencionalidad es el tráfico, eso es delito, independientemente de la cantidad. La idea era aportar luces al legislador, porque a través de estos casos, la Corte despenaliza el consumo en los hechos”.
Durante la misma sesión expusieron también la directora del Departamento de Psiquiatría y Salud Mental de la Universidad de Chile, Anneliese Dórr, y la psicóloga clínica Sandra Viani, de la misma casa de estudios.
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